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Hola,
Puede que el descuento sea correcto, en principio en IT derivada por enfermedad común el pago es el siguiente:
- los tres primeros días nada
- del 4º al 20º el 60% de la Base Reguladora
- del 21º en adelante el 75%
Por lo tanto los días trabajados los cobra como normalmente lo hacía, y los de baja como te he comentado, para saber si el cálculo es correcto debe tomar la Base de Cotización por Contingencias Comunes del mes anterior a la baja, en este caso de septiembre y debe dividirla entre 30 días, tendrá la base diaria y a esta debe aplicarle los porcentajes indicados anteriormente.
Esto es así salvo que esté mejorado por convenio colectivo, como parece ser tu caso.
Debe consultar su convenio y ver si hay alguna mejora y si esta se ha aplicado, si no es así debe reclamar la cantidad correspondiente.
Si no encontrais el convenio colectivo, o no sabeis como calcularlo me lo vuelves a decir y yo os lo calculo.
Un saludo.
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