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guia de turismo

Experto:
Usuario:
Fecha: 04/03/2006
Valoración: (4,00 sobre 5) Categoría: Turismo y Viajes
17/02/2006
jo06, usuario preguntando en Turismo y Viajes
Usuario
holas necesito de su conocimiento respecto a libros sobre guia de turismo o guiaje. Necesito cualquier documento relacionado a guias de turismo y guiaje. espero sus notcias. Saludos Jo
17/02/2006
jo06, experto respondiendo en Turismo y Viajes
Experto
es muy general lo que preguntas.
que lugares ?
que medios de llegar?
en fin algo mas especifico
20/02/2006
jo06, usuario preguntando en Turismo y Viajes
Usuario
Me explico, necesito bibliografia que me ayuden a preparar un curso para guias de turismo. Es decir, si conocen algun libro o metodo para enseñar guiaje y ser un guia de turismo. Espero tus noticias, gracias.Jo
21/02/2006
jo06, experto respondiendo en Turismo y Viajes
Experto
GUIA DE TURISMO ES UNA PERSONA QUE COMO TODA PROFESION SE INSCRIBE EN UN CURSO DE GUIA Y RECIBE LA ADIESTRACION NECESARIA PARA LLEGAR A SER GUIA, COMO CUALQUIER OTRA PROFESION TIENE CURSOS, LITERATURA PARA ESTUDIAR PRACTICAS Y POR SUPUESTO UN TITULO HABILITANTE
COMO EJEMPLO TE MANDO LAS EXIGENCIAS EN MEXICO QUE DEBEN SER SIMILIRES EN TODOS LOS PAISES

Acreditación de Guía de Turistas Generales y Especializados en Temas o Localidades Específicas de Carácter Cultural.



Guía de turistas, es la persona física que proporciona al turista nacional o extranjero, orientación e información profesional sobre el patrimonio turístico, cultural y de atractivos relacionados con el turismo, así como servicios de asistencia; el cual puede prestar sus servicios bajo la modalidad de guía general o guía especializado en un tema o localidad específica de carácter cultural.



Guía General: Persona que cuenta con estudios de guía a nivel técnico, reconocido en los términos de las leyes de la materia y que puede desempeñar esta actividad a nivel nacional con un dominio global de los atractivos turísticos del país.



Guía especializado en Temas o Localidades Específicas de Carácter Cultural: Persona que tiene conocimientos y experiencia acreditables y que se relacionen estrictamente a un monumento, museo, zona arqueológica o atractivo turístico en particular o a una localidad específica.



La norma oficial mexicana, NOM?08-TUR?2002 define los procedimientos y requisitos de información, seguridad al turista y de protección al medio ambiente, patrimonio natural y cultural que se requieren en el desarrollo de la actividad.



La observancia de la norma oficial mexicana es obligatoria en el territorio nacional para los guías de turistas generales y guías de turistas especializados en temas o localidades específicas de carácter cultural.



Para poder desempeñar la actividad de guía de turistas general o guía de turistas especializado en temas o localidades específicas de carácter cultural es necesario que el prestador obtenga la credencial de reconocimiento de la norma oficial mexicana, debidamente expedida por la Secretaría de Turismo.



Requisitos para obtener la credencial de reconocimiento como guía de turistas general de la norma oficial mexicana.



Credencial de elector, pasaporte o forma migratoria correspondiente.
Registro Federal de Contribuyentes, (R.F.C.).
Dos fotografías tamaño pasaporte a color en fondo blanco, (recientes).
Formato de inscripción al Registro Nacional de Turismo SECTUR-03-002
Pago de derechos $ 598.00, por concepto de inscripción (opcional) al Registro Nacional de Turismo (formato SHCP-5), cantidad vigente desde el 1 de enero hasta el día 31 de diciembre del 2006.
Formato de inscripción al Registro Nacional de Turismo SECTUR-03-002.
Certificado de estudios de nivel medio superior o nivel técnico en un área vinculada con la actividad turística, reconocidos por las autoridades competentes en la materia.
Diplomado de proceso de formación académica de 360 horas teóricas y 150 horas prácticas, como mínimo mismos que pueden ser organizados por la secretaría o por las autoridades de turismo.
Acreditar examen de conocimientos generales con calificación mínima de 8 (ocho).
Acreditar examen de dominio de una lengua adicional al español con calificación mínima del 80% (ochenta).
Constancia de primeros auxilios.
En caso de ser extranjeros, además de lo anterior debe de acreditar fehacientemente su legal estancia en el país y calidad y característica migratoria para desarrollar la actividad de guía de turistas en los términos de la legislación aplicable. La vigencia de la credencial de reconocimiento será como máximo la prevista para la calidad migratoria emitida. Asimismo, los solicitantes extranjeros deben de acreditar examen de dominio de idioma español con calificación mínima de 90%. En caso de presentar certificado de estudios expedido en el país donde se realizaron en las materias en las que se refiere en el punto 5.1 de la norma, será necesaria su traducción por perito al español, en el caso de que dichos estudios fueran en un idioma distinto a éste; así como legalizado por la Embajada o Consulado de los Estados Unidos Mexicanos en el país de expedición del documento.




Requisitos para obtener la credencial de reconocimiento como guía de turistas especializado en temas o localidades específicas de la norma oficial mexicana.



Credencial de elector, pasaporte o forma migratoria correspondiente.
Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Dos fotografías tamaño pasaporte a color en fondo blanco, (recientes).
Formato de inscripción al Registro Nacional de Turismo SECTUR-03-002
Pago de derechos $ 598.00, por concepto de inscripción (opcional) al Registro Nacional de Turismo (formato SHCP-5), cantidad vigente desde el 1 de enero hasta el día 31 de diciembre del 2006.
Certificado de estudios máximos.
Presentación de documentos que demuestren los conocimientos y experiencia en el tema o localidad específica que como guía pretenda desarrollar, reconocidos por autoridades competentes en la materia.
Diplomado de proceso de formación académica de 250 horas teóricas y 72 horas prácticas, exclusivamente en las materias referentes al tema o localidad para los cuales desea la credencial de reconocimiento, incluyendo las materias de relaciones humanas, conducción de grupos, legislación turística y cultura turística.
Acreditar examen de conocimientos generales con calificación mínima de 8 (ocho).
Constancia de primeros auxilios.
En caso de ser extranjeros, además de lo anterior debe de acreditar fehacientemente su legal estancia en el país y calidad y característica migratoria para desarrollar la actividad de guía de turistas en los términos de la legislación aplicable. La vigencia de la credencial de reconocimiento será como máximo la prevista para la calidad migratoria emitida. Asimismo, los solicitantes extranjeros deben de acreditar examen de dominio de idioma español con calificación mínima de 90%. En caso de presentar certificado de estudios expedido en el país donde se realizaron en las materias en las que se refiere en el punto 5.1 de la norma, será necesaria su traducción por perito al español, en el caso de que dichos estudios fueran en un idioma distinto a éste; así como legalizado por la Embajada o Consulado de los Estados Unidos Mexicanos en el país de expedición del documento.






Las fechas y horarios de los cursos, diplomados y exámenes de idiomas, deberán consultarse en la Dirección General de Desarrollo de la Cultura Turística, Calle Schiller No. 138, cuarto piso, Colonia Chapultepec Morales, México, Distrito Federal, teléfono (55)3002 6300 extensión 4432 ó en las oficinas estatales de turismo.



Requisitos para trámite de refrendo de credencial de reconocimiento como guía general.



Constancias de cursos de actualización (160 horas)
Copia de la credencial de reconocimiento vencida o por vencer.
Dos fotografías tamaño pasaporte a color en fondo blanco.
Formato SECTUR-03-002 debidamente requisitado (actualización de datos)
Certificado medico
En caso de ser extranjero acreditar nuevamente la legal estancia en el país.




Requisitos para trámite de refrendo de credencial de reconocimiento como guía especializado en temas o localidades específicas.



Constancias de cursos de actualización (80 horas)
Copia de la credencial de reconocimiento vencida o por vencer.
Dos fotografías tamaño pasaporte a color en fondo blanco.
Formato SECTUR-03-002 debidamente requisitado (actualización de datos)
Certificado medico.
En caso de ser extranjero acreditar nuevamente la legal estancia en el país.




Requisitos para trámite de canje de credencial de reconocimiento

(NOM-08-TUR-2002).



Formato SECTUR-03-002 debidamente requisitado (actualización de datos).
Dos fotografías tamaño pasaporte a color en fondo blanco.
Copia fotostática de la credencial vigente




Requisitos para trámite de reposición de credencial de reconocimiento
(NOM-08-TUR-2002).


Acta de extravío ante el Ministerio Público.
Formato SECTUR-03-002 debidamente requisitado (actualización de datos).
Dos fotografías tamaño pasaporte a color en fondo blanco.




Obligaciones normativas de los guías de turistas generales



Para desempeñar la actividad de guía de turistas general es necesario que el prestador del servicio obtenga la credencial de reconocimiento de la norma oficial mexicana, NOM-08-TUR-2002 debidamente expedida por la Secretaría de Turismo.


Los guías de turistas generales deben portar a la vista, durante la prestación del servicio, la credencial de reconocimiento vigente de la norma oficial mexicana.


Los guías de turistas generales al contratar sus servicios deben extender el documento que garantice las condiciones del servicio, debe contener como mínimo lo siguiente: nombre del guía, registro federal de contribuyentes, domicilio y teléfono, número de credencial de reconocimiento, vigencia del servicio, fecha en la que prestara el servicio, idioma o idiomas en los que se proporcionara el servicio, recorrido e itinerario contratado, tiempo estimado de duración del servicio, costo por el servicio, (detalle del mismo con los gastos que incluye), tipo de seguro, (viajero o responsabilidad civil), firma del prestador del servicio, nombre y firma del turista, (firma opcional) y comentarios acerca del servicio, (opcional).


En ningún caso, un solo guía podrá atender grupos integrados por un número mayor a veinticinco personas, excepto en el caso de transportación, en el que será suficiente un guía por vehículo, así como cuando en el sitio de interés turístico no se cuente con algún otro guía de turistas acreditado en el idioma en el que se esta prestando el servicio.


Ficha del tramite de acreditación o refrendo para guías de turistas especializados en actividades específicas.



Trámite
Acreditación o refrendo para Guías de Turistas Generales y Especializados en temas o localidades específicas de carácter cultural.

Usuario
Guías de Turistas Generales y Especializados en temas o localidades específicas de carácter cultural.

Tiempo de respuesta
10 días hábiles para Guías de Turistas Generales y Especializados en temas o localidades específicas de carácter cultural.

Comprobante a obtener
Credencial de reconocimiento de la norma oficial mexicana, NOM-08-TUR-2002

Área de recepción
Secretaría de Turismo, Dirección General de Mejora Regulatoria o en las oficinas Estatales de Turismo.

Domicilio
Av. Presidente Masarik No. 172, primer piso, Colonia Chapultepec Morales, 11587, México, Distrito Federal o en las oficinas Estatales de Turismo.

Horario de atención
Lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas

Teléfonos
(55) 3002 6300 extensión 1245, 1254, 1255

Correo electrónico
emonroy@sectur.gob.mx

Portal
www.sectur.gob.mx

Fundamento jurídico
El Reglamento de la Ley Federal de Turismo y la norma oficial mexicana, NOM-08-TUR-2002, "Que establece los elementos a que deben de sujetarse los Guías de Turistas Generales y Especializados en temas o localidades específicas de carácter cultural.




· Formato de Inscripción Guías de Turistas





PARA MAYOR INFORMACIÓN:



Dirigirse a la Dirección General de Mejora Regulatoria de la Secretaría de Turismo, sito en Av. Presidente Masarik No. 172, primer piso, Colonia Chapultepec Morales, 11587, México, Distrito Federal, o al teléfono (5)30026300 extensiones 1245, 1254 y 1255.







A T E N T A M E N T E



México, Distrito Federal, a 16 de enero de 2006



EL DIRECTOR GENERAL DE MEJORA REGULATORIA











LIC. RUBÉN CARBAJAL ZARATE



Fecha de última actualización / revisión: enero 2006.





SECRETARÍA DE TURISMO
Av. Presidente Masaryk No. 172, Col. Chapultepec Morales,
C.P. 11587, México, Distrito Federal.
Teléfono: (55) 3002-6300




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04/03/2006
jo06, usuario preguntando en Turismo y Viajes
Usuario
Muchas gracias por tu ayuda. Informacion importante, no obstante, te agradeceria si podrias ayudarme con titulos de libros o metodos de enseñanza para formar guias de turismo. Quizas tienes algun temario que podria arientarme. Muchas gracias, de antemano por tu ayuda.
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