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En principio como comunero tiene la obligación de permitir que pasen por su casa,es decir, que se establezcan las servidumbres necesarias para arreglar elementos de la comunidad, pero todo ello se lo debe comunicar la junta por medio del acuerdo válidamente acordado al efecto, y si le ocasionan algún gasto deben abonárselo; de todos modos usted vaya a la junta en la que lo acuerden y exponga que también se puede pasar por el tejado y que preferiría que fuera por allí, al final me imagino que se hará por el lugar menos complicado y que resulte más fácil hacer la reparación.
Un saludo.
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