Cta. Proveedores

Cuando se debe contabilizar la deuda con proveedores en una cta genérica (4009999) y cuando se debe crear una cuenta específica (40000001)
Ejemplos, casos, limite de saldo...

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En principio, cuando contabilices las facturas de proveedores/acreedores, salvo que sean de muy escasa cuantía, siempre es conveniente que separes las cuentas.
El límite podría estar en la suma de las facturas de un mismo proveedores, ya que si alcanzan los 3.000 euros al año, te será necesario tenerlos separados y así sea más sencillo ubicar el importes de las compras de cara a la confección del modelo 347.
Dicho lo anterior, debes tener en cuenta que ante la hipotética (pero no imposible) inspección de Hacienda, deberás tener un registro detallado de las facturas para poderlas ubicar, a parte de que si lo haces así tendrás un reflejo más exacto de todas las operaciones la empresa.
Además, debes tener en cuenta que cuando agrupas las facturas en una misma cuenta de proveedor lo haces porque estás utilizando el "Principio de Importancia Relativa", pero también puedes obviar este principio dependiendo de la necesidad de información que tu empresa requiera.
Ejemplos te puedo dar muchos, pero creo que es más práctico que observes la periodicidad e importes de los proveedores; si acumulas en un mes facturas que correspondan a un mismo proveedor por un importe de 250 euros y esto ocurra regularmente, sería más que recomendable que separases esa cuenta.

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