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Legalización Libros Contables

Experto:
Usuario:
Fecha: 14/03/2005
Valoración: (5,00 sobre 5) Categoría: Contabilidad
10/03/2005
cgduran, usuario preguntando en Contabilidad
Usuario
¿Qué libros hay que legalizar una vez cerrada la contabilidad? ¿Hay que incluir la memoria? ¿Se puede hacer por vía telemática sin necesidad de acudir al Registro Mercantil a través de Contaplus? ¿Hasta qué fecha? Muchas gracias.
10/03/2005
cgduran, experto respondiendo en Contabilidad
Experto
1º. Se deben legalizar los Libros obligatorios: Libro de Inventarios y Balances y Libro Diario.

2º. En el Libro de Inventarios y Balances aparecerán como mínimo con periodicidad trimestral los Balances de Situación del último ejercicio cerrado.

Junto con el Balance de Situación correspondiente a la fecha de cierre del ejercicio debe aparecer la Memoria Contable.

3º. La presentación por vía telemática se podrá hacer en aquellos Registros Mercantiles que estén habilitados para ello.

Así pues, deberá usted ponerse en contacto con el Registro Mercantil que le corresponda y formular directamente esta consulta.

4º. Los plazos a tener en cuenta son los siguientes:

Cierre de la Contabilidad del Ejercicio => dentro de los TRES MESES posteriores a la fecha de CIERRE de ejercicio.

Legalización de Libros => dentro de los 30 días siguientes al Cierre de la Contabilidad.

Si el Ejercicio Económico y Contable coincide con el año natural será:

Cierre de la Contabilidad => desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo del año siguiente.

Legalización de Libros => desde el 1 al 30 de abril.

Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. No dude en ponerse en contacto conmigo y formular nuevas consultas para resolver sus dudas.

Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro. Gracias.
10/03/2005
cgduran, usuario preguntando en Contabilidad
Usuario
¿La Memoria Contable que se adjunta con los libros contables es la misma que la que se adjunta con las cuentas anuales?
Muchas gracias.
10/03/2005
cgduran, experto respondiendo en Contabilidad
Experto
La estructura de ambas es la misma. No obstante, el CONTENIDO puede variar.

Cuando usted presenta los Libros para su legalización, las Cuentas Anuales aún no han sido AUDITADAS (si corresponde) ni APROBADAS por la Junta General.

Tanto la Auditoría como el trámite legal de la Aprobación pueden introducir CAMBIOS en el contenido final de la Memoria.

Un atento saludo.
14/03/2005
cgduran, usuario preguntando en Contabilidad
Usuario
Excelente. Una fantástica solución.
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