¿Debo recoger notificación de agencia tributaria a nombre de Sociedad Limitada inactiva?

Por si me puede ayudar, por favor. Creé como administrador único una SL en 2006 con el capital social mínimo para prestar servicios y la SL funcionó realmente en 2006 y 2007, presentándome mi ex-asesor los balances correspondientes. Como la empresa no era rentable decidí en 2007 darme de baja de autónomo y empezar a trabajar por cuenta ajena. Así que la empresa quedó inactiva en 2007 y cancelé la cuenta bancaria de la SL, ya que a finales de 2007 dicha SL no tenía actividad alguna, ni activos, ni ingresos, ni gastos, ni proveedores, ni clientes.

Y para evitar pagar más gastos no liquidé la SL y se supone que mi ex-asesor presentaba las cuentas anuales (sin actividad).

El caso es que ayer Correos dejó en el buzón de casa (domicilio social de la SL) una notificación de la Agencia Tributaria con destinatario la SL. Así que he llamado por teléfono a mi ex-asesor y ya se había jubilado y dice que no me podía decir nada, que ya no se acordaba de nada y que no sabía lo que había presentado ni tenía ninguna documentación. Así que investigando por Internet he visto en una Web de informes que el último depósito en el Registro Mercantil aparece hecho en 2008 de las cuentas de 2007, con lo que me temo que quizás el Registro Mercantil haya notificado a Hacienda la no presentación de dichas cuentas anuales o la no liquidación de la SL y quiera recaudar. Mis dudas son varias:
¿Debo recoger dicha notificación en Correos? Ya que si lo hago tendré que firmar y dar mi D.N.I. Y si no retiro dicha notificación en Correos, ¿qué consecuencias negativas podría haber y para quién (SL o mi patrimonio personal)? ¿Me aconseja a estas alturas liquidar la SL y poner todo en regla o mejor lo dejo estar?

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Espero poder aclarar alguna de las cuestiones que plantea. El caso que usted relata es harto frecuente (yo diría que la mitad de las consultas que respondo en este foro tienen esa misma temática, o parecida). Vaya por delante que dudo de que el Registro Mercantil haya informado a Hacienda (como usted ha podido comprobar, no cuesta nada saber si una sociedad presenta o no presenta cuentas).

Acierta usted al diferenciar lo que es la inactividad desde el punto de vista registral (no presentar cuentas) y desde el punto de vista fiscal (su sociedad debería presentar el Impuesto de Sociedades). Por éste último aspecto puede venir relacionada la notificación, pero podría ser, por ejemplo, que simplemente le estén pidiendo que comunique una dirección de e-mail para hacer notificaciones de forma electrónica.

Intentaré ir por partes:

- Recoger notificación: si no la recoge no sabrá qué contiene y no podrá actuar en consecuencia. No parece que sea lo más oportuno, pues no se quitará el tema de la cabeza.

- Consecuencias negativas: en el peor de los casos, alguna multa por falta de presentación de los Impuestos de Sociedades. Evidentemente, si no las paga la sociedad podrían reclamarlas al administrador (¿es usted solvente?).

- Poner todo en regla: será lo más conveniente. Si tiene controlado el accionariado, todo se resume en certificar un acuerdo de disolución y liquidación en Junta General, elevarlo a escritura pública e inscribirlo en el Registro Mercantil. El coste de los honorarios de Notario y Registrador no se lo puedo precisar (pero en cualquier Notaría que lo consulte le harán un presupuesto).

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