Soy administrador en un laboratorio agroindustrial. Problemas con productos no conforme

Desempeño el rol de administrador de un SGC en un laboratorio de análisis agro industrial(fiscos, químicos y microbiológicos a semillas, suelos, granos, vegetales, alimentos, agua y efluentes etc). No nos ha quedado muy bien definido e implementado el tema del 8.3. El proceso tiene un diseño de planificación, ejecución, control y entrega. Existen procedimientos establecidos para la recepción de muestras(especificaciones y requisitos del cliente), para la ejecución operativa(métodos analíticos) para el control de resultados previo a la elaboración del informe y para la entrega del mismo. Es una dificultad determinar cuando y cual es producto NO CONFORME. Por otro lado abundando en datos comento que existe un procedimiento de Reclamo del Cliente. La pregunta: ¿En qué caso se consideraría un análisis PRODUCTO NO CONFORME? ¿A titulo de ejemplo alguien podría aportar para este caso una definición de PRODUCTO NO CONFORM?

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Un producto no conforme en un laboratorio es un resultado que sale de las especificaciones. Es decir, que el propio director de laboratorio o responsable de la firma ultima de los resultados antes de la entrega al cliente detecta un resultado que a su criterio o bien segununos criterios preestablecidos es o bien imposible o bien poco creíble.
Por ejemplo, en el caso de la conductividad eléctrica i las sales disueltas, ambos parámetros deben guardar una cierta relación, en caso contrario hay inconguencias y por lo tanto pueden considerarse no conformes. Igualmente con relaciones entre Materia en suspensión y turbidez, dbo5 i DQO en determinados tipos de muestras.
Si en la etapa de control de resultados previo a la elaboración del informe de resultados el Direc. Técnico o el Supervisor ven que los mismos estarían en un rango de que evidencia que la materia de análisis no estaría apta para el uso que se destina, no obstante resuelven una repetición y da igual, ¿no sería un PNC? Ahora si los rersultados dan un rango que evidencie que la materia de análisis se encuentra dentro del criterio aceptación rechazo para su uso, ¿el primer resultado sería un PNC? ¿Interno?
Si la repetición da lo mismo, entonces se acepta el resultado y no sería PNC, y si dan un rango que implique el rechazo para el uso habitual, seguiría sin ser PNC, ya que el resultado de los análisis es correcto.
En todo caso seria un PNC para el propietario de la muestra, tu cliente, pero no para tu laboratorio.
Y si la variación de los resultados indica error de cálculo o de lecturas en equipos o en el método en el proceso anterior, ¿en ese caso sí sería un PNC? Estamos planteando un supuesto para una misma materia de análisis. El primer proceso da un resultado POR que evidencia rechazo. El reproceso da un resultado Y que evidencia aceptación.
En ese caso seria un PNC el primer resultado, el cual da como consecuencia una acción correctiva consistente en averiguar las causas de la no conformidad y aplpicar las acciones para obtener un nuevo resultado CONFORME y no repetir en el futuro la misma no conformidad.

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