¿Qué gastos de explotación me puedo deducir en la declaración de hacienda?

hola! Soy agente cobrador del circulo de lectores en puerto real (Cádiz). En nuestras nominas nos incluyen el iva pero luego nos abonan esta cantidad en la misma nomina, es decir, que no pagamos el iva.
Para hacer la declaración la empresa nos envían información en la que nos especifican entre otras cosas lo siguiente:
Sus rendimientos se califican de profesionales, debiendo tributar, en principio, en régimen de estimación directa simplificada para lo que deberá utilizarse el único modelo de declaración vigente para el IRPF 2012: el modelo D-100 de declaración ordinaria.
Casilla 110-124: Se incluirán los gastos en los que hayan incurrido por el ejercicio de su actividad, según el concepto que les corresponda (p.e. La seguridad social deberá declararse en la casilla 112).
Mi pregunta va relacionada con este segundo párrafo, que gastos me puedo deducir en estos apartados:
¿Factura teléfono?
¿Factura internet?
¿Combustible?
Y si se puede deducir, como se hace, va por porcentajes o como va, porque por ejemplo el móvil que utilizo para realizar mi actividad profesional también lo utilizo para la vida privada ( con una tarifa plana ), y lo mismo para el caso de internet y el combustible del vehículo que utilizo para desempeñar la actividad.
Gracias!

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