Deducir cambio de ventanas vivienda habitual.

Hola , cambie las ventanas de mi piso el año 2012 , con un gasto total con iva 21% de 4700 euros. También renovamos el tejado , cubierta del edificio , con un coste por vecino de 1500 euros con 8% de iva. Nos dicen que tenemos derecho a que hacienda nos devuelva 20% . Es eso cierto? Que cantidad me darían a mi en concreto . Gracias de antemano . Ciudad gijón.

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Te copio varias consultas de la AEAT en las que se determinan los requisitos para poder aplicarte la DEDUCCIÓN POR OBRAS DE MEJORA EN VIVIENDA.

131760-OBRAS DESDE 7.5.2011: REQUISITOS

Pregunta
¿Quiénes pueden aplicar la deducción por las obras de mejora realizadas entre el 7 de mayo de 2011 y el 31 de diciembre de 2012?
Respuesta
Pueden aplicar la deducción por obras de mejora los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 71.007,20 euros anuales que satisfagan cantidades entre el 7 de mayo de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2012, por las obras realizadas durante dicho periodo en cualquier vivienda de su propiedad o en el edificio en el que se encuentre y que tengan por objeto la mejora de la eficiencia energética, la higiene, la salud y protección del medio ambiente, la utilización de energías renovables, la seguridad y la estanqueidad, y en particular la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros, o favorezcan la accesibilidad al edificio o las viviendas, en los términos previstos en el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, así como las obras de instalación de infraestructuras de telecomunicación realizadas durante dicho período que permitan el acceso a internet y a servicios de televisión digital en la vivienda del contribuyente.
No darán derecho a la deducción las obras que se realicen en viviendas afectas a una actividad económica, plazas de garaje, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos.
Normativa/Doctrina
Disposición adicional Vigésima novena Ley 35 / 2006, de 28 de noviembre de 2006 Modificada Real Decreto Ley 5/2011, de 29 de abril de 2011 .

131747-OBRAS DESDE 7.5.2011: CUANTÍA
Pregunta
¿Cuál es la cuantía de la deducción por obras de mejora en la vivienda habitual realizadas y satisfechas a partir de 7 de mayo de 2011?
Respuesta
El importe de la deducción es el 20 por ciento de las cantidades satisfechas, desde el 7 de mayo de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2012, ambos inclusive, a las personas o entidades que realicen las obras mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas de entidades de crédito. En ningún caso darán derecho a la deducción las cantidades satisfechas mediante entregas de dinero de curso legal ni aquéllas por las que el contribuyente aplique la deducción por inversión en vivienda habitual.
La base máxima anual de la deducción (cantidades satisfechas) será de:
a) Cuando la base imponible sea igual o inferior a 53.007,20 euros: 6.7500 euros.
b) Cuando la base imponible esté comprendida entre 53.007,20 y 71.007,20 euros: 6.750 euros menos el resultado de multiplicar por 0,375 la diferencia entre la base imponible y 53.007,20 euros.
Las cantidades satisfechas en el ejercicio que no hayan sido deducidas por exceder de la base máxima anual de la deducción podrán deducirse, con el mismo límite, en los cuatro ejercicios siguientes, teniendo en cuenta que el límite anteriormente indicado será único para el conjunto de cantidades con derecho a la deducción, deduciéndose en primer lugar las cantidades correspondientes a años anteriores.
En ningún caso, la base acumulada de la deducción correspondiente a los períodos impositivos en los que sea de aplicación podrá exceder de 20.000 euros por vivienda. Cuando concurran varios propietarios con derecho a practicar la deducción respecto a una misma vivienda, el límite de 20.000 euros se distribuirá entre ellos en función de su porcentaje en la propiedad del inmueble.
Cuando estas cantidades concurran con cantidades abonadas por obras realizadas antes de 7.5.2011, la base anual y la base acumulada del conjunto de obras de mejora tampoco podrá exceder de los límites anteriormente indicados. Ver pregunta 130599.
Normativa/Doctrina
Disposición adicional Vigésima novena Ley 35 / 2006, de 28 de noviembre de 2006 Modificada Real Decreto Ley 5/2011, de 29 de abril de 2011 .
INFORME DGT 2 DE FEBRERO DE 2011

131779-tipo de obra: sustitución de ventanas
Pregunta

¿Se puede aplicar la deducción por la sustitución de las ventanas de mi vivienda?

Respuesta
Las obras de cambios de ventanas (acristalamiento y carpinterías) se incluyen en el ámbito objetivo de la deducción siempre que contribuyan a mejorar el aislamiento de la vivienda respecto a los materiales originales.
En el caso de sustitución de ventanas, deben instalarse ventanas de doble acristalamiento. En el caso de modificar los perfiles de ventana, los nuevos deben incorporar rotura de puente térmico. También puede considerarse incluido en el ámbito de la deducción la colocación de una doble ventana, instalando una nueva sobrepuesta a otra existente.
Normativa/Doctrina
Disposición adicional Vigésima novena Ley 35 / 2006, de 28 de noviembre de 2006 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1878 - 2011, de 28 de julio de 2011

Para determinar si tienes derecho o no hay que ver si cumples los requisitos.

En un principio si no ganas mas de 53.007,20 euros (te he subrayado el texto) tienes derecho a una deducción en tu declaración de la renta de 1.240 euros.

Si necesitas ayuda con la elaboración de tu declaración de la renta, puedes contactar con nosotros a través de nuestra página web - www.directconsult.es o a través de Facebook - www.facebook.com/directconsult.es

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