Calcular el finiquito y la indemnización por jubilación

Me estoy haciendo un lío con todo esto, he consultado en algunas webs que tienen una calculadora que realiza estos cálculos, pero dudo si se ciñen a la legalidad vigente, por lo que rogaría que tuviese a bien, asesorarme y si es posible hacer el cálculo de el finiquito y la indemnización que le corresponde a un trabajador que ha estado en mi empresa como asalariado desde el 11/3/1983, yo voy a cerrar mi negocio por jubilación y quiero cesar en su puesto a esta persona el día 31/12/2012. El salario bruto mensual que percibe este trabajador es de 585,23€ mensuales y no le corresponde ningún día de vacaciones por haberlas disfrutado ya.

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Buenas tardes,

Para saber con exactitud la indemnización que le corresponde al trabajador hay que saber si es empresario individual o tiene una sociedad.

En el caso de empresario individual, conocido comunmente como autonomo, el art. 49, 1 g del Estatuto de los trabajadores especifica lo siguiente:

En los casos de muerte, jubilación o incapacidad del empresario, el trabajador tendrá derecho al abono de una cantidad equivalente a un mes de salario.

Se precisaría la resolución de la Entidad Gestora concediendo la prestación de jubilación y seguidamente enviar una comunicación al trabajador, indemnizándole con una mensualidad de su salario.

En los casos de extinción de la personalidad jurídica del contratante (en funcion del mismo articulo del estatuto de los trabajadores) deberán seguirse los trámites del artículo 51 de esta Ley, enviar comunicación de extinción al trabajador y hacerles entrega de una indemnización de veinte días de salario por año trabajado.

Resumiendo

Empresario individual - 1mes de salario

Empersa - 29 años y 9 meses x 20 días = 595 días unos 20 meses de salario

Espero haber resuelto sus dudas.

Si necesita una consulta mas personalizada y detallada, con el calculo exacto de la indeminzación puede ponerse en contacto con nostoros vía mail - [email protected] o a traves de nuestra página en facebook - www.facebook.com/directconsult.es

Por favor, puntua la respuesta y finalice la pregunta

en este caso es un empresario individual, o autónomo, disculpe mi ignorancia pero, entonces a mi asalariado solamente le correspondería recibir 1 mes de salario? esto sería para el finiquito, pero lo de los 20 días por año trabajado con un límite de 12 meses a que corresponde?, sería esa la parte de indemnización que tendría yo que abonar?

En es caso de empresario individual la indemnización por jubilación es de 1 mes de salario.

Según el art. 49 1 g del estatuto de los trabajadores.

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