Como rectificar mod 303 y 390

Si domicilias el mod. 303 y antes de que finalice el plazo lo rectificas mediante una rectificativa. ¿La agencia tributaria te cobrara dos veces lo que hayas indicado o sabe detectar que hay una rectificación y solo te gira la ultima? ¿Y si presentas el mod 390 y lo quieres modificar como se hace?
Y si la rectificativas la haces fuera de plazo, por ejemplo rectificas el 1º trimestre habiendo ya presentado el 2º y 3º trimestre como rectificas los importes que ya has abonado si es que has pagado de más? ¿Y si es de menos?

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Si has pagado de mas y la declaración es favorable a tu favor debes presentar un escrito.

Si hablamos del modelo 390 lo que procede es una sustitutiva

Solo procederá una declaración complementaria cuando salga mas a pagar o menos a devolver

gracias por la respuesta, pero si he domiciliado el pago y me lo cobraran el día 20 por ejemplo de 500 € y hago una rectificativa que indica que debería pagar 450 €, y por lo que yo se si lo haces dentro del plazo la domicilias te lo cobrarían dos veces, no? es decir los 500 por una banda y los 450 por otra, y después con el escrito te devolverían los 450 euros restantes o te refieres a hacer una rectificativa y no indicar"domiciliar", o "pagar con NCR",.. Ídem si el resultado es a pagar más.

para el modelo 390 me indicas que haga una sustitutiva se hace igual con el programa de informativas de IVA y se sube igual que el modelo 390 normal o se hace diferente?

No es lo mismo un escrito rectificativo que una declaración complementaria mientras que la rectificativa rectifica la declaración presentada con la complementaria se presenta una nueva declaración y sino se hace en condiciones se duplicara el pago

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