Operaciones intracomunitarias

Acabo de dar de alta a mi empresa en el censo de operadores intracomunitarios, pero he recibido una factura de fecha anterior de un proveedor portugués. ¿Hay algún problema en declararla como adquisición intracomunitaria en el IVA al ser la factura de fecha anterior al alta en el censo?

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Respuesta
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Ningún problema, todo lo contrario: si es una adquisición intracomunitaria (si se cumplen las condiciones), hay que tratarla como tal estés o no estés dado de alta en el ROI.
Lo que te podría haber pasado es que el proveedor se negase a vender sin IVA, por no poder comprobar tu condición de operador intracomunitario, pero si te vendió como empresario, ahora tienes que tratarla como una AIB (contabilizar iva soportado y repercutido y declarar la operación en el 349)

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