Periodistas - iva

Los periodistas autónomos ¿están exentos de declarar IVA o no?

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Tal como preguntas no es posible responder, porque todo dependerá de lo que hagas en concreto dentro del periodismo. Y también de tu formal empresarial.
Las exenciones del IVA están reguladas en el art. 20, y el art. 20. Uno. 26 dice que estarán exentos:
"Los servicios profesionales, incluidos aquéllos cuya contraprestación consista en derechos de autor, prestados por artistas plásticos, escritores, colaboradores literarios, gráficos y fotográficos de periódicos y revistas, compositores musicales, autores de obras teatrales y de argumento, adaptación, guión y diálogos de las obras audiovisuales, traductores y adaptadores."
Si eres profesional (no empresa) y escribes colaborando con un periódico, tus servicios están exentos de IVA. Si por ejemplo vendieses textos a un programa de radio, no estarían exentos.
En mi caso, sólo realizaría artículos para revistas o periódicos (prensa escrita). Por lo que dices, deduzco que no tendría que facturar IVA, ¿no?
Efectivamente, en ese caso las facturas irían in IVA.

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