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Hola
En el 2000 compre una vivienda con mi novia al 50% por 127000 euros Iva y gtos incluidos. Con una hipoteca de 120000 euros
A finales del 2000 me quede con su parte. En escritura de cesacion del proindiviso por 12500 euros gtos incluidos + iva. Me quede con la totalidad de la hipoteca 119000 euros
Ahora en el 2009 vendo la casa por 270000 euros (gto incluidos). Y amortizo una hipoteca por 124000 euros.
En este anno quiero comprarme una casa por importe de 210000 gtos incluidos
Mis dudas son:
1. Si decido reinvertir la totalidad de lo obtenido 270000-124000 estoy exento, verdad?
2. Si quiero solo reinvertir un 20% de dicha cantidad. Como se calcularia el incremento que tributa?
Valor de transmision (270000) - valor de adquisicion (?)
3. Cual es el valor de adquisicion? el 50% de 127000 + 12500? o la totalidad de lo pagado en el momento de la compra del que yo tenia 127000 + lo que pague por su parte ? 12500
4. El incremento de patrimonio (valor de venta - valor de compra ) que tributaria al 18% seria el porcentaje del valor obtenido (valor transmision - hipoteca) que no reivirtiera ?
Muchas gracias
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