Deducción nueva vivienda tras matrimonio

Actualmente llevo deduciéndome durante dos años por una vivienda habitual de la que soy propietaria. A finales de 2008 me he comprado a medias con mi novio otra vivienda. El año que viene nos casamos y quiero constituir tras el matrimonio esta nueva casa como vivienda habitual.
Mi pregunta es: ¿Puedo deducirme de esta nueva vivienda en cuanto me case? O ¿Tengo qué haber invertido en ella lo deducido en la anterior antes?
Es que no sé si el matrimonio al considerarse causa objetiva para que una vivienda deje de ser habitual, permite deducirte directamente por una nueva vivienda. Porque considero que no es el mismo caso que si no me casara y me fuera a vivir a otra vivienda, ahí si entiendo que tendría que haber invertido en ella lo deducido anteriormente.
En caso de que esto ultimo sea cierto, como seria los cálculos si la casa de la que soy propietaria al 100% costo 168000 euros, pago de préstamo unos 10000 euros/año y me deduzco durante 3 años lo máximo permitido.
La nueva casa en la que figuro al 50% esta escriturada en 155000 euros.

2 respuestas

Respuesta
1
Cuando se adquiere una vivienda habitual habiendo disfrutado de la deducción por adquisición de otras viviendas habituales anteriores, no se podrá practicar deducción por la adquisición o rehabilitación de la nueva en tanto las cantidades invertidas en la misma no superen las invertidas en las anteriores, en la medida en que hubiesen sido objeto de deducción.
Que el matrimonio sea causa objetiva para que una vivienda NO deje de ser habitual, cuando ésta se abandona antes de los 3 años, quiere decir que no te pedirán que devuelvas las cantidades deducidas en la antigua vivienda.
Según los datos que me dices, ¿a partir de los 30.000? Invertidos por ti (¿60.000? Entre los dos) podrás empezar a deducirte por inversión en vivienda habitual
Entonces, una vez que me case y me cambie de vivienda habitual en el 2010, ¿no podré deducirme por la hipoteca hasta que pasen unos 6 años? (Porque la cuota de hipoteca es similar y si solo tengo el 50% de la propiedad)que malamente entonces tener dos hipotecas y no poder desgravar nada durante casi años...
Otra cosa... una vez que cambie mi vivienda habitual, como no podre deducirme por la hipoteca hay alguna forma de desgravar en la renta para que me devuelvan el irpf retenido (alguna cuenta ahorro vivienda o algo así... es que no estoy puesta en el tema) es que si no a lo mejor no solo esos años no me devuelven si no que tengo que pagar por tener los bienes.
Gracias!
La cuenta ahorro vivienda es para antes de adquirir tu vivienda habitual. En principio con el escenario que planteas, existen pocas opciones. Habría que estudiar las circunstancias personales tuyas y las de tu futuro marido, para saber que es lo que más te interesa fiscalmente y que es lo que podríais o querrías hacer. Te recomendaría que consultases tranquilamente con un abogado fiscalista ... las opciones que se te presentan.
Solo una cosa más, tras casarnos podríamos hacer declaración conjunta aunque yo tengo una vivienda en propiedad yo sola, ¿verdad? A lo mejor así saldría más rentable la declaración, supongo que el tema de los bienes se regirá por las condiciones de bienes que tu pongas a la hora de casarte, ¿no?
Sí, tras casaros podréis hacer declaración conjunta aunque no siempre sale a cuenta.
Si la vivienda es tuya antes del matrimonio seguirá siendo tuya. Es un bien privativo.
Respuesta
1
El caso de matrimonio con lo que respecta a viviendas habituales sirve unicamente para considerar una vivienda como habitual aunque no hayan transcurrido los tres años obligatorios para considerarla como tal. Con respecto a la base de deducción la ley no distingue el motivo del cambio de vivienda, sólo te exige que no te deduzcas por las cantidades invertidas que en anteriores viviendas ya habían sido objeto de deducción, para que no se produzca una doble deducción sobre las mismas cantidades. En el caso que pones la base de deducción es muy sencilla, como en los 3 años en los que has practicado deducción has superado el máximo permitido, 9015, tu base de deducción seria 9015 x 3. Cuando superaras esta cantidad podrías empezar a deducir, siempre hablando de tu 50% claro.
buff, ¿entonces no podre deducirme por mi nueva casa hasta que no hayan pasado casi 5 años después de casarme? Porque como estoy al 50% y se pagan unos 1000 euros de hipoteca al mes tardare la vida en pagar 27045 euros yo sola... entonces los próximos 5 años tendré dos casas con hipoteca y no podre deducirme por ninguna... casi estoy por no casarme coño! eso es asi?
:D
Voy a echarle una mano a tu novio: la culpa no es de la boda, la culpa es del cambio de vivienda. Si tú te cambiases de vivienda y te fueses a vivir sola a la casa nueva te pasaría lo mismo. Si os quedaseis a vivir en la tuya podrías seguir deduciendo, incluso los dos si el régimen económico fuese ganancial y pagaseis los dos tu hipoteca.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas