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retención 1% de iva a cliente

Experto:
Usuario: Anónimo Fecha: 08/05/2008
Valoración: (4,00 sobre 5) Categoría: Fiscalidad
24/04/2008
Usuario
Hola,mi duda es si tengo q retenerle un 1% de iva a mi cliente en la factura,yo estoy en
 estimacion directa modelos 130 y 300. mi cliente un restaurante declarado como 
empresa.
 
Gracias
06/05/2008
nano28, experto respondiendo en Fiscalidad
Experto
Hola
Sobre el IVA no se practica retención. Si te refieres al 1% del IRPF para determinadas actividades en Estimación Objetiva, es otro tema.
Aclaramelo, vale?
Un saludo
Necesitaria conocer el régimen fiscal del IVA del cliente
06/05/2008
Usuario
hola,es por la ley nueva q salio en abril de 2007 creo,q cuando la obra te la da otra
empresa le retienes un 1% a la base imponible q luego el cliente tiene q hacer efectiva
en su declaracion,lo q no se es si es solo para los trabajadores q estan en modulos o
tmb para los de estimacion directa.
y otra consulta q te hago es si entre dos autonomos nos podemos facturar..?
gracias!
07/05/2008
nano28, experto respondiendo en Fiscalidad
Experto
Hola
En efecto, hay una serie de actividades a las que se les debe practicar una retención del 1%, si están el Estimación Objetiva (modulos) y que son las siguientes:
I.A.E. Actividad económica
314 y 315 Carpintería metálica y fabricación de estructuras metálicas y calderería.
316.2, 3, 4 y 9 Fabricación de artículos de ferretería, cerrajería, tornillería, derivados del alambre, menaje y otros ar-tículos en metales N.C.O.P.
453 Confección en serie de prendas de vestir y sus complementos, excepto cuando su ejecución se efectúe mayoritariamente por encargo a terceros.
453 Confección en serie de prendas de vestir y sus complementos ejecutada directamente por la propia empresa, cuando se realice exclusivamente para terceros y por encargo.
463 Fabricación en serie de piezas de carpintería, parqué y estructuras de madera para la construcción.
468 Industria del mueble de madera.
474.1 Impresión de textos o imágenes.
501.3 Albañilería y pequeños trabajos de construcción en general.
504.1 Instalaciones y montajes (excepto fontanería, frío, calor y acondicionamiento de aire).
504.2 y 3 Instalaciones de fontanería, frío, calor y acondicionamiento de aire.
504.4, 5, 6, 7 y 8 Instalación de pararrayos y similares. Montaje e instalación de cocinas de todo tipo y clase, con todos sus accesorios. Montaje e instalación de aparatos elevadores de cualquier clase y tipo. Instalaciones telefónicas, telegráficas, telegráficas sin hilos y de televisión, en edificios y construcciones de cualquier clase. Montajes metálicos e instalaciones industriales completas, sin vender ni aportar la maquinaria ni los elementos objeto de instalación o montaje.
505.1, 2, 3 y 4 Revestimientos, solados y pavimentos y colocación de aislamientos.
505.5 Carpintería y cerrajería.
505.6 Pintura de cualquier tipo y clase y revestimientos con papel, tejido o plásticos y terminación y decoración de edificios y locales.
505.7 Trabajos en yeso y escayola y decoración de edificios y locales.
722 Transporte de mercancías por carretera.
757 Servicios de mudanzas
Espero te haya sido de ayuda 
07/05/2008
Usuario
si me a servido de ayuda, pero, la otra consulta no me la as comentado..
yo cogi una obra y una parte del trabajo se la di a otro autonomo,y mi consulta es si me
puede hacer una factura,o entre autonomos no se puede facturar??
gracias!!
07/05/2008
nano28, experto respondiendo en Fiscalidad
Experto
Hola de nuevo
Perdona por el olvido.
Más que poder, debe facturarte por el servicio prestado. Con su correspondiente IVA y su retención del 1% del IRPF si está en estimacion objetiva y en uno de los epigrafes que te comente ayer.
Saludos 
08/05/2008
Usuario
ok, muchas gracias!!!
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