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venta de acciones en una sociedad limitada

Experto:
Usuario: Anónimo Fecha: 08/05/2008
Valoración: (4,00 sobre 5) Categoría: Fiscalidad
24/04/2008
Usuario
El año pasado vendí mi 50% de participación en una sociedad.Cuando se constituyó la sociedad se hizo con un capital social de 3.000 ?. ha vendido mi 50% por 50.000 ?. La sociedad se constituyó en el año1999. ¿Cuanto tengo que pagar por esa venta? y también ¿se puede reinvertir ese beneficio en otra sociedad u otro negocio para no tener que pagar?.
Gracias de antemano.
24/04/2008
alpein, experto respondiendo en Fiscalidad
Experto
Deberá pagar 8.730 euros, no existe exención por reinversión en este caso.
07/05/2008
Usuario
En el local que estaba sin acondicionar se montó una cafeteria, se hizo una obra considerable con dinero de los socios (puesto que el capital social era de 3000?) ese dinero que se aportó para esa obra contabiliza para el beneficio en la venta de las acciones?
 
Gracias.
07/05/2008
alpein, experto respondiendo en Fiscalidad
Experto
Me temo que está mezclando elpatrimonio social con el propio, el dinero aportado a una SL en concepto de capital, si entraría en el cálculo del precio de adqusición, pero ¿fue así? hicieron ampliación de capital?
Si el dinero fue aportado en concepto de prestamo a la SL, cuando vd. vendió ¿Que pasó con esa cuenta?
08/05/2008
Usuario
Cuando llegamos al acuerdo, el otro socio me dio el dinero pactado por la venta del 50% de la sociedad y firmamos la escritura sin más. Las cuentas corrientes siguen siendo las mismas todo sigue ¡gual. Unicamente que la sociedad es ahora unipersonal.
Gracias de antemano.
08/05/2008
alpein, experto respondiendo en Fiscalidad
Experto
Es dificil hacerse entender en estas condiciones, si no me equivoco vd tiene de una lado una escritura de constitución en la que aparece que su participación le costó 1.500 (ó 3.000) euros y otra escritura de compraventa de participaciones en la que aparece que percibío por ello 50.000 euros, si tiene una inspección esos son los documentos que le va a pedir la AEAT.
Por tanto si pretende justificar un mayor precio de adquisición tendrá que aportar la documentación necesaria para ello, ¿Cual? esa es la pregunta del millón, si yo fuera a pasar esa inspección debería examinar la documentación social y contable para intentar acreditar esos extremos.
Sin embargo se la puede jugar declarando esas cantidades ya que en este momento no tiene que aportar documentación alguna.
08/05/2008
Usuario
Muchas gracias, la respuesta es muy aclaratoria.
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