Servicios intracomunitarios

Hola hume,
Te agradecería si me pudieras confirmar lo siguiente:es sobre la inclusión de una factura exenta de iva por prestación de servicios (no es una adquisición de bienes) en el M-300. En el caso de adquisición intracomunitaria de bienes tiene casilla en el devengado y en el repercutido, pero en el caso de un servicio intracomunitario lo he incluido como operación interior, tanto en el soportado como en el repercutido, y en el M-390 lo informaré en el M-390 como Inversión de Sujeto Pasivo. ¿Puedes confirmarme que ésto es así?
Muchas gracias,
Un saludo

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Pienso que si -pero en cualquier caso- no tiene ninguna importancia y en el caso de que la Agencia Tributaria te solicitara una aclaración, no tendrá ninguna sanción ni nada que deba preocuparte.

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