Desgravaciones en irpf e hipoteca

1º) Nunca he estado obligado a presentar declaración de IRPF porque sólo he cobrado de un sólo pagador y no superaba el mínimo por lo que presentaba el borrador de dedclaración y me devolvían una pequeña cantidad al año.
Sin embargo, el año pasado he realizado algunas compras y he pagado por unos servicios:
- Compra de una huerta
- Realización de un pozo
- Legalización del mismo
- Gastos de notaría
- Obras en la huerta
- Compra de una casa de madera...
Y alguna cosa más. De todo esto tengo facturas con IVA y lo que quiero saber es si de alguna forma me puedo desgravar parte de este IVA y que me sea devuelto.
Por otro lado, mi novia estaba pagando una hipoteca por un piso a su nombre y este año la hemos cancelado y abierto una nueva por mayor importe ya que necesitábamos el dinero. Ahora, aunque el piso sigue estando sólo a su nombre, los hipotecantes somos los dos. ¿Significa eso que podemos seguir desgravando parte de la cuota que pagamos? ¿Sólo puede seguir desgravando ella? ¿O ninguno de los dos ya que ese dinero no está destinado a la compra de una vivienda sino para otros usos?
¿Debemos hacer declaración conjunta? (No estamos casados)

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En relación con la primera pregunta decirte, que entiendo que has comprado una parcela y has construido una casa, pozo, etc. Hay que analizar dos cuestiones, en cuanto al IVA que has soportado, solo te lo podrías deducir si fueras empresario, que creo que no es tu caso, sino que es una casa para lo fines de semana o para vivir en ella, por el consumidor final que eres tú es quien tiene que soportar el IVA, otra cuestión sería que fuera tu residencia habitual entonces todos los gastos satisfechos para la construcción de la misma a excepción de la huerta serían deducibles en concepto de vivienda habitual. Pero como veo que la siguiente pregunta va encaminada a este tema, no puedes podrías deducirte nada.
Con la segunda pregunta, al pedir otro préstamo hipotecario, yo entiendo que aunque no seas titular de piso, si puedes demostrar que pagas la letra y que vives en ella más de 183 días al año, con recibos de luz, agua, correspondencia que te envíen, puedes deducirte tu parte en la renta perfectamente y tu pareja su parte. Aunque hayaís pedido la hipoteca para otros gastos yo no me preocuparía mucho, porque en eso no se va a meter la administración, hace un poco la lista gorda.
En ningún caso podéis hacer declaración conjunta, ya que no sois matrimonio, las parejas de hecho la tiene que realizar de forma individual. Si quieres saber que cuantía os podéis deducir mirar dentro de mis preguntas contestadas que tengo realizada una respuesta con todos los detalles.
Un saludo y no te olvides de valorar

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