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En primer lugar, se entiende que no solo es usted partícipe o socio, sino que además realiza una jornada laboral de forma regular en la sociedad.
E incluso se emite un recibo de salarios (sin bases de cotización).
En este caso lo puede cargar a una subcuenta de la 642 o de la 649 y llamarla "Cuotas S.Soc. autónomos"
Me parece más correcta la primera.
Al pago del recibo en el banco contabilizar:
Al debe 642 "Cuotas S.Soc.autónomos" Al haber 572 "Banco ..."
el mismo importe en ambas 241,20 ?
Espero haberle sido de ayuda.
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