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La exención por reinversión en vivienda habitual sólo puede aplicarse si la vivienda vendida y la adquirida tienen la consideración de vivienda habitual. Para que una vivienda tenga dicha consideración, entre otros requisitos, se le supone que debe estar en territorio español. A partir del momento en que se traslade a Portugal, en princpio dejará de ser residente fiscal es España, y por lo tanto pagará impuestos en Portugal y no en España. Por tanto, a Usted se le aplicará la legislación correspondiente a los No residentes, y dicha legislación no permite aplicarse exención por reinversión en vivienda habitual.
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