Sueldo socio trabajador en sociedad civil

Somos dos socios en sociedad civil, al 50%, yo capitalista, y el otro trabajador.
La pregunta es, si se le puede asignar un sueldo al socio trabajador por la labor que desmpeña; el cual, además es el administrador solidario, y el que está dado de alta en autónomos de la sociedad, con el fin de que el reparto de beneficios e impuestos sea lo más justo posible y sin tener que variar los porcentajes de participación de la sociedad.

2 respuestas

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Efectivamente se le puede asignar un salario independiente de elos beneficios que serian a repartir al 50% lo que no se porque una sociedad civil y no una SL, pero ya me contaras.
Cualquier cosa a tu dispooooooooooo
Nos aconsejaron sociedad civil por la facilidad de los trámites; y me habían informado que en sl sí que se podía asignar un sueldo, pero en sc nadie lo tenía claro.
Muchas gracias.
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Son temas diferentes, amigo arec. El reparto de beneficios es una cosa y tributa en renta por un porcentaje y el sueldo es otra cosa y tributa en renta por otro porcentaje además de aplicarse una serie de deducciones. Pero, si, es cierto, además de tener los dos socios su reparto de beneficios, al trabajador se le puede hacer una nómina: sueldo bruto (menos) IRPF (aplicar fórmula de hacienda) = sueldo líquido a cobrar.

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