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Cuenta vivienda y compra de vivienda

Experto:
Usuario:
Fecha: 03/12/2004
Valoración: (5,00 sobre 5) Categoría: Fiscalidad
02/12/2004
alejomay, experto respondiendo en Fiscalidad
Experto
Hola

Debido a que el importe de la hipoteca es superior al precio de escritura del piso, debes tener en cuenta que para evitar que te deduzcas el 15% de la cuenta ahorro vivienda en dos ocasiones, no puedes practicarte deducciones de por adquisición de vivienda habitual hasta haber pagado de la hipoteca el equivalente a restar del precio de escritura del piso las deducciones ya realizadad de la cuenta de ahorro en los 4 ejercicios fiscales anteriores. Es decir, 90000 - (9015*4)

Respuestas,

1) Las desgravaciones comenzarán cuando hayas pagado de la hipoteca(9015*4) = 36060 euros.

2) SI. Pero sólo sobre el exceso que no desgrava.

3) Los reembolsos ahorran intereses de la hipoteca aunque en declaracion individual solo deduce hasta 9015 euros. Puedes calcular la hipoteca pagada durante el año y lo restas a 9015, la diferencia haces un cancelacion parcial del credito y te deduces por ese importe. Calculalo de manera que siempre Hacienda te devuelva dinero retenido, no vaya a ser que te devuelva todas tus retenciones y no obtengas mejor devolucion.

Saludos, Juan.
02/12/2004
alejomay, usuario preguntando en Fiscalidad
Usuario
Hola:
Mi consulta es la siguiente:
Con fecha 24-10-01 abrí una cuenta vivienda. Los saldos de esta cuenta y cantidades aportadas durante los ejercicios posteriores han sido las siguientes:
- Saldo a 31-12-01: 9010,01. Saldo total de la cuenta vivienda a esa fecha : 9010,01
- Saldo a 31-12-02: 10841,5. Saldo total de la cuenta vivienda a esa fecha : 19851,51
- Saldo a 31-12-03: 12696,93. Saldo total de la cuenta vivienda a esa fecha : 32548,44
- Saldo a 30-11-04: 9010,01. Saldo total de la cuenta vivienda a esa fecha : 41558,01
He cancelado la cuenta vivienda a finales del mes de noviembre con un saldo de 41558,01.
He adquirido una vivienda durante el mes de noviembre de este año por un valor de 90.000 euros.
He contratado una hipoteca de 100.000 euros,siendo el primer plazo a pagar durante este año.Con el resto del dinero tengo pensado realizar una serie de reformas de la misma, sin que las mismas tengan derecho a deducción.
Para la declaración del año que viene:
1) ¿Tengo derecho a algún tipo de desgravación por la hipoteca?.
2) Como ha habido años en que he ingresado en la cuenta vivienda más dinero que el máximo desgrabable, ¿puedo destinar las cantidades que superen esa cifra a otros fines distintos de la adquisición de la vivienda habitual?.
3) Interesa que realice un reembolso anticipado de la hipoteca durante este año 2004, y ¿qué cantidad?
Muchas gracias.
02/12/2004
alejomay, usuario preguntando en Fiscalidad
Usuario
Hola:
En primer lugar le agradezco su amable respuesta que me ha servido de mucho.
De todas formas, tadavía me surgen las siguientes cuestiones:
1) Del manual práctico de la declaración 2003, en el apartado de pérdida del derecho a las deducciones aplicadas por la cuenta vivienda dice textualmente: "Cuando el contribuyente disponga de cantidades depositadas en la cuenta vivienda para fines diferentes de la primera adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual. En caso de disposición parcial, se entenderá que las cantidades dispuestas son las primeras depositadas". Según esto, en el año 2002 ingresé 10841 euros, por tanto si yo dispongo de 10841-9015=1826 euros para otro fín diferente a la adquisición de la vivienda, ¿ hacienda no me reclamará el 15% de 1826 euros más los interese de demora?.
2) Respecto a la cantidad a desembolsar por cancelación parcial de la hipoteca, este año sólo voy a pagar una mensualidad de 570 euros, por tanto ¿cancelo 9015-570=8445 euros?.
Un saludo.
02/12/2004
alejomay, experto respondiendo en Fiscalidad
Experto
Hola,

1) El límite máximo de deducción de la cuenta de ahorro vivienda por declaración individual es 9015 euros, independientemente de las catidades depositadas. Es decir, aunque hayas puesto en la declaración 10841 euros, el programa te aplica el 15% sobre el máximo que es 9015. Por tanto sobre los 1826 euros, no te aplico deducción en el año 2002.
2) Sobre 9015 euros te podrás deducir por ser adquisicion con financiacion ajena en los dos años siguientes a la compra de tu vivienda habitual, de los primeros 4507 el 25% y del resto el 15% hasta los 9015, por tanto es una buena deducción si cancelas esos 8445 euros.

Saludos, Juan
03/12/2004
alejomay, usuario preguntando en Fiscalidad
Usuario
Muchas gracias por tu respuesta.
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