Por favor, ya he perdido la cuenta de cuantas veces he preguntado lo mismo, y no se que hago mal pero cuando pincho lo escrito, pone "no ha pregunta, expero: no" ya no se que hacer para que alguien me conteste a mi duda, a continuación la vuelvo a poner, GRACIAS..... que alguien me conteste, por favoooorrr.
Buenas tardes:
Soy una empresa minorista de viajes, y estoy como S.l.., yo compro normalmente billetes de avión a empresas mayoristas que me facturan a mi, y sobre ese precio les cobro un porcetaje a mis clientes, las empresas a las que les compro me dicen que si supero la cantidad me declararan el el modelo 347, ya que yo soy su cliente, a la hora de contabilizar me surgen las siguientes dudas:
Preguntas:
1. ¿tengo que contabilizar a mi proveedor como una compra (cta 600) y a mi cliente por ejemplo, a la 700 el importe que me cobra mi proveedor y a la 700.1 la comisión que yo cobro??
2. algunos de mis proveedores me ponen iva de la parte correspondiente a gestión y me dicen que ellos están en un regimen especial de agencia, (yo estoy en regimen general) ,tengo entendido que si son viajes de avíón fuera de la frontera española, no llevaría iva ni el billete ni la comisíón ¿es cierto? pero entonces ese iva que me cargan lo tendría que meter como gasto y no como iva ¿verdad? mis clientes son fundamentalmente personas físicas
3. ¿sería el mismo tratamiento para hotel dentro y fuera de nuestras fronteras??
creo se ve que estoy un poco liada con el tema, gracias de antemano por colaborar en aclararme las ideas