Bajada salarial. Derecha a rescindir contrato

En mi empresa, nos quieren bajar el salario a la mayoría de los empleados. ¿Es posible rescindir el contrato con 20 días de salario por año de trabajo? ¿Es posible que la empresa me lo deniegue? ¿Qué tendría que hacer en caso de que la empresa me lo deniegue?

¿Cualquier bajada salarial sea de la cuantía que sea da derecho a rescindir el contrato?

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Con la nueva reforma laboral, la la empresa puede rebajar el salario de uno o varios trabajadores,(modificación sustancial de las condiciones de trabajo) por causas económicas técnicas organizativas y de producción o por falta de productividad o competitividad, siempre que la reducción salarial contribuya a mejorar la situación de la empresa o a evitar un empeoramiento de la misma que ponga en peligro la viabilidad de la empresa.. La empresa esta obligada a notificar por escrito a los trabajadores afectados y a los representantes sindicales con 15 días de antelación las causas del despido y la fecha en la que se va a hacer efectivo.. El trabajador puede aceptar la decisión de la empresa y seguir trabajando pero con una cuantía salarial mas reducida, pero si no esta de acuerdo con la reducción salarial porque la considera injusta y sin ninguna causa que justifique dicha decisión y quiere permanecer en la empresa, puede impugnar ante el juzgado de lo social la decisión del empresario solicitando al juez para la reposición en sus anteriores condiciones salariales y sera el juez quien determine si la empresa tiene razones mas que suficientes para rebajar el salario del trabajador o no las tiene, pero si no quiere continuar trabajando en la empresa porque considera que la modificación salarial se ajusta a derecho, entonces puede rescindir el contrato de trabajo con una indemnización de 20 días por año con un máximo de 9 mensualidades y si la empresa se opone a la rescisión del contrato de trabajo, entonces se tiene que acudir a la vía judicial para que sea un juez quien se pronuncie sobre si la reducción salarial es lo suficientemente sustancial como para proceder a la extinción del contrato de trabajo.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

http://www.publico.es/dinero/421521/el-empresario-podra-rebajar-los-salarios-a-discrecion

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