Despido con contrato por obra

Me gustaría hacerte una pregunta del ámbito laboral. Mis problemas tienen que ver con que hace unos 10 días me despidieron de mi empresa.

En principio no me han despedido ya que yo tenía contrato por obra y la empresa alega que la obra ha llegado a su fin. El día que me entregaron la carta de anuncio de fin de obra (15 días antes del último día de trabajo) firmé como no conforme a lo que ponía la carta.
No he trabajado ni una sola hora para la obra que indica mi contrato y por lo menos he trabajado más de 5 horas en más de 10 proyectos. De hecho, he estado durante seis meses trabajando en una planta fotovoltaica en la isla de Córcega como jefe de obra (por supuesto, la obra no era la que ponía mi contrato).

Mi idea es reclamar a la empresa que mi contrato era indefinido y no de obra (según la definición de los contratos por parte del Ministerio de trabajo), sobre todo porque según la ley por tener un contrato por obra solo me corresponden 8 días de indemnización y si el despido es improcedente (contrato indefinido) serían entre 20-33-45 días, dependiendo del caso y de la aplicación o no de la nueva reforma laboral.

El problema es que mucha gente me anima a no reclamar porque llevaba poco tiempo en la empresa (solo 1 año y 4 meses). Mi idea es reclamar, y por eso no me importa pagar por una consulta en C.C.O.O. O UGT, y luego contratar un abogado. Pero me entran las dudas porque:

a) No sé cuál es la jurisprudencia en estos casos: ¿Suele ganar el trabajador? Es difícil probar que he trabajado en varias obras (tengo billetes de avión, partes de horas, informes entregados con notación de otros proyectos...)

b) ¿Si pierdo pago las costas?

c) Con mi caso un abogado no ganaría mucho. ¿Aceptarían este caso?

d) ¿Puedo autodefenderme?

Un saludo y gracias por la ayuda.

PD: por si sirve de algo soy ingeniero y he trabajado para una empresa pequeña que me subcontrataba a una grande. La mayoría de los trabajos eran similares por no decir iguales pero los proyectos en sí eran diferentes (sobre todo el comentado como jefe de obra fuera de España).

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Cuando se firma un contrato por obra y servicio en dicho contrato se tiene que especificar con claridad la obra que se va a realizar pero no en términos genéricos si no en términos específicos es decir que si te contratan para realizar un trabajo en una obra determinado con una categoría profesional determinada, no te pueden asignar una obra y otra categoría profesional distinta a la que figura en el contrato de trabajo, y el contrato de trabajo por obra y servicio finaliza cuando termina la obra o servicio para la que fuiste contratado, y según tus explicaciones el contrato que firmaste con la empresa en ningún momento de la duración del mismo a respetado el acuerdo suscrito en dicho contrato, por lo que estamos ante un contrato en fraude de ley por lo que el contrato de trabajo deja de ser un contrato temporal para transformarse automáticamente en un contrato indefinido y ya no cave la indemnización de 8 o 9 días de indemnización por finalización del contrato de trabajo si no que la indemnización que te corresponde es la de una indemnización, por despido improcedente, 45 0 33 días por año de servicio en la empresa hasta el 12 /2/2012) y 20 días por año de servicio en la empresa a partir de esa fecha en adelante, así que estas en tu derecho de demandar a la empresa por esa circunstancia, para lo cual, tienes que interponer una demanda o papeleta de conciliación por despido improcedente antes de que pasen 20 días desde la fecha del despido ante el SMAC, puedes poner la papeleta de conciliación tu mismo o te la puede poner un sindicato o un abogado laboralista particular o de oficio que puedes solicitar en el colegio de abogados situado en el juzgado de lo social de tu localidad, y las posibilidades de ganar la demanda dependerá mucho de las pruebas que puedas aportar pero eso mejor que yo te lo puede decir un profesional del derecho laboral por eso te aconsejo que antes de presentar la demanda te informas adecuadamente por mediación de un abogado o de un sindicato aunque yo creo que tienes muchas posibilidades de ganar la demanda en cuanto a las costas hasta hace bien poco tiempo el trabajador que demandaba a la empresa y perdía el juicio estaba exento de pagar las costas del juicio pero de eso te informa el abogado o el sindicato.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta

Muchas gracias por la ayuda. Para dejarlo zanjado: yo firmé un contrato por obra para una obra para la cual no he realizado ni una sola hora de trabajo en el año y cuatro meses que he trabajado en la empresa. De nuevo, Muchas Gracias!!

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