Necesito que me despida la administración pública y tener derecho a prestación. ¿Podría?

Trabajo en Galicia, en un ente público que se llama Consorcio Galego de Servicios de Igualdade e Benestar.(Es un consorcio entre la Xunta de Galicia y los ayuntamientos correspondientes)

Tengo contrato de interina desde hace 3 años.

En el contrato firmado en 2010 especifica unas condiciones salariales que no se están cumpliendo.

Y no puedo denunciar de incumplimiento contractual porque es legal esas bajadas de sueldo según decretos.

Mi objetivo es irme de este consorcio y empezar nueva vida teniendo derecho a prestación.

Ellos dicen que la administración pública no me puede despedir.

¿Puedo faltar a trabajar hasta que me echen sin consecuencias graves?, y provocar un despido procedente sin demás consecuencias futuras en la administración pública, como presentarme a unas oposiciones o incluso listas de la Xunta de Galicia?

Gracias.

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Estimada usuaria, no se que motivaciones pueden llevar en la actualidad a una persona a querer abandonar un puesto de trabajo (relativamente estable) como el suyo, como está el patio para cobrar el desempleo, pero esa no es la cuestión.

En cuanto a su pregunta:

Usted es personal laboral o personal funcionario (interina)

Si es interina debe permanecer en su puesto hasta que la plaza que usted ocupa se adjudique a un funcionario de carrera. Si usted quiere marcharse puede renunciar, en cuyo caso no le correspondería cobro de prestación por desempleo.

Con respecto a la solución que propone tendrá que mirar el Estatuto Básico del Empleado Público a fin de saber que tipo de sanciones lleva aparejada la falta de asistencia a su puesto de trabajo (quizás le abran un expediente sancionador y le suspendan de empleo y sueldo durante un plazo de tiempo)

Por otra parte y como consejo particular (no profesional) si usted en el futuro piensa dedicarse al sector público (ya sea como funcionaria o laboral) le comento que en la Administración se conoce a todo el mundo (Yo mismo he trabajado en la Administración antes de ejercer como abogado) y comportamientos como el que propone sólo pueden perjudicarle para acceder a puestos en los que no se valora el mérito y la capacidad y que son los verdaderamente interesantes en las Administraciones Públicas, sé que usted va a entenderme esto último.

Gracias por su pronta respuesta.

Soy personal laboral, pero como le decía no pertenecemos directamente a la Xunta, no pertenecemos a un organismo público, sino a un "ente" que es un consorcio entre la xunta y concellos.

Para lo que les interesa somos públicos,recortres...

y para lo que no somos privados (sueldo)

No nos reconocen nuestros méritos, no cobramos trienios, no tenemos convenio ni protocolo de actuación, y por supuesto no cobramos como nuestros compañeros los funcionarios, en la misma especiallidad.

Ya sé que suena raro lo que propongo. Pero con 900 €, y lejos de casa no me llega para la familia de 4 que somos.

Estoy en trámites para la apertura de una escuela privada, al lado de casa, que nos darçia trabajo a los dos, y que esperemos que vaya bien en los siguientes 30 años... y me pueda jubilar...

Pero por otra parte quería saber las consecuencias del despido por si en un futuro necesito presentarme a una oposición de maestros, por ejemplo.

gracias y un saludo

Consecuencias en principio ninguna, pero eso dependerá de las bases de la convocatoria de oposiciones, aunque no he visto nunca ninguna que contemplase ese motivo como una imposibilidad de acceso a un puesto de funcionario.

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