1) Espero que la representacion vuestra a traves de esos compañeros, haya sido mayoritaria, porque sino, sin elecciones sindicales, no teneis porque admitir a ningun representante, que de hecho, y a efectos de ley, no es legal.
2) En un ERE a jornada parcial (vuestro caso media jornada) cobras la mitad de la empresa, y te cotizan por esa mitad, y cobras la otra mitad del paro, pero ahi no cotizas, ya que cobras la prestacion.
Es decir que cobras la prestacion por desempleo a tiempo parcial en proporcion al tiempo no trabajado pero la prestacion se consume como si la cobraras a tiempo completo.
Si la paga de verano no se os ha pagado, o dejan sin pagarla, tienes que efectuar demanda por reclamacion de cantidad, y para ello teneis 12 meses.
Habiendo ERES, la labor de los representantes es muy importante, ya que si son verdaderamente sindicalistas, deben aportar ideas que no perjudiquen a la empresa pero mucho menos al trabajador.
Una forma de beneficiaros con un ere parcial, es negociar con la empresa que en lugar de haceros trabajar a media jornada, lo haga a jornada completa pero la mitad del tiempo, y el resto como desempleados. Asi la prestacion del paro seria la misma, el salario igual, el tiempo trabajado el mismo, pero te contaria el paro como tiempo consumido la mitad.
Podeis ademas mirar en la web el tiempo de cotizacion, etc,
www.inem.es/ciudadano/prestaciones/pdf/Guiaprestacioncontributivapdf