Coger un viernes libre

Trabajo en una empresa pequeña y nuestro horario laboral es de lunes a viernes de 8 a 13 y de 14 a 17. Si me quiero coger un viernes libre para poder hacer un viaje a ver a mi familia (viven en otra comunidad) me dicen los jefes que me descontarán también el sábado y el domingo. ¿Pueden hacer esto? ¿En qué capítulo o artículo del estatuto de los trabajadores me puedo apoyar para rebatir ésto?

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No te puedes acoger a ningún articulo especifico sobre coger un viernes o lunes y que no te descuenten sábado y domingo, el sistema funciona de otra manera, lo primero me tienes que decir a que convenio estas acogido, eso te viene en el contrato, existen convenios donde te especifican de cuantos días de asuntos propios dispones al año, son días que notificándolo con antelacio para que ajusten producción en tu ausencia, te lo deben dar sin justificación alguna por tu parte, por eso se llama de asuntos propios, hay convenios que no recogen estos días, pero habitualmente se suelen superar las horas de trabajos anuales que se pactan por convenio, así que el exceso de esas horas se recompensan con días libres, tanto en un caso como en otro, son días retribuidos, es decir, que no te lo pueden descontar del salario, y claro, mucho menos descontarte el sábado y domingo porque soincida en viernes o sábado.
Dime a que convenio estáis acogidos, cual es el nº de rtabajadores de tu empresa (más o menos si no lo sabes exacto), si tenéis delegado de personal o comité de empresa, con esos datos te podré ayudar un pococ más.
Gracias experto, no lo veo en la nómina, pero creo que estamos en el convenio de la madera, somos 4 trabajadores en la empresa más los dos jefes, y sí, tengo varios días por exceso de horas, este año me han dicho que son 4, pero creo que no tengo días de asuntos propios. No tenemos representante sindical.
Me cogí dos de los días que me corresponden para la comunión de mi sobrino y me dijeron que no me descontaban el sábado y el domingo como favor.
Saludos
(xxxxxx)
Jajajajaja ¡¿Qué no te descontaba sábado y domingo como favor? Pero de que hablan, ni favor ni nada, es que no te lo pueden descontar, tus días por derecho adquirido ya que excedes las horas anuales de trabajo, los puedes coger cuando quieras, sin perjuicio de ningún tipo, diles que te del ese viernes que quieres, como otro día más por exceso de hora que aun te quedan 2 como dices, y que si te quieren descontar sábado y domingo que te digan a que artticulo, reglamento o disposición se acogen para ello, que no basta que te lo digan que te lo han de demostrar, y me cuentas que te dicen.
El convenio al que estas acogido no te viene en nómina sino en el contrato, las empresas con menos de 10 trabajadores hasta 6 no tienen comité de empresa, lo que pueden tener es delegado de personal, yo de vosotros nombraría a uno como delegado y esté al tanto del convenio, pero recordad que el no tener representación de rabajadores en una empresa, no exime al empresario al cumplimiento del convenio.
Si tienes alguna pregunta más, no dudes en preguntármelo, si no, no olvides cerrar y puntuar.

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