¿Me toman el pelo? ETT

Buenos días laborconsult, necesito tu ayuda !
Estoy contratado por una ETT y trabajo en la misma empresa hace año y medio. El 1er contrato fue por 6 meses por necesidades puntuales, después me renovaron 6 meses modificando el contrato por necesidades de otro departamento y pasado ese tiempo, me hicieron un contrato por obra por creación de nuevo departamento sin fecha de finalización. He de decir que durante este año y medio, trabajo en el mismo sitio y para el mismo departamento y con el mismo responsable. En este tiempo sigo cobrando lo mismo y ni el año pasado me subieron el IPC y este año tampoco, ¿tengo derecho a que me suban el sueldo igual que al resto de empleados de mi empresa? Últimamente las cosas en la empresa están cambiando ya que cuando entré podía comer gratuitamente en el comedor pero ahora las normas han cambiado y los contratados por ETT tenemos que pagar y los empleados siguen comiendo gratis. Sólo tenemos 30 minutos para comer, no dejan comer en nuestros puestos de trabajo pero tampoco han habilitado una zona para ello. Con esto, tengo que gastarme 250 E/mes para comer con lo que mi sueldo ha disminuido. ¿Pueden negarnos la comida o en su caso no tener zona habilitada para llevar comida de casa? Por otra parte, hay médico de empresa pero los de ETT tampoco tenemos derecho a visitarle, ¿pueden hacer esto? En nómina cobro 10 E/hora, más p.p. Vacaciones y p.p. Paga extra. Respecto a las vacaciones, me dicen que al llevar más de un año en la misma empresa, tengo derecho a vacaciones y que me quitan la p.p. En la nómina. ¿Esto es así? Hablando de la nómina, antes me retenían entre un 7 y un 11% pero al hacerme el contrato por obra, me están reteniendo un 24% y en la ETT me dicen que es lo que me corresponde por contrato de obra, total, que entre la retención, las comidas y sin subidas salariales mi nivel adquisitivo ha disminuido. ¿Me están tomando el pelo? ¿? ¿? Muchas gracias

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Haber:
1) El comedor y el medico tienen derecho a usarlo, así como por ejemplo si existe trasporte colectivo (hay sentencias en este sentido que son extrapolables a otros supuestos dado que el espíritu es de total asimilación del trabajador de ETT)
2) Lo de las vacaciones es correcto.
Laborconsulting. Es
Una puntualización respecto a las vacaciones, tengo un horario fijo de entrada y salida con 40 horas semanales solo que en nómina me pagan por horas, por lo que los días festivos no los cobro y dependiendo del mes, cobro una cantidad u otra. Si ahora tengo derecho a vacaciones, ¿cómo se prorratea en la nómina?
Gracias por tu respuesta !
Debería venir desglosado en su nomina, esa cantidad que refleje la nomina es la que Ud dejara de percibir.
Para mayor agilidad formule su pregunta por www.laborconsulting.es

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