Contrato p´rcticas

Estoy de contrato en prácticas en una gestoría de Alicante. Según el convenio de oficinas y despachos de la provincia de Alicante hay 3 niveles de salario para titulados de grado superior. A mi el primer año me han aplicado el 60% del nivel 3 (el más bajo) y ahora el segundo año me siguen aplicando el 75% del mismo nivel 3. Ellos me han dicho que en prácticas se calcula todo sobre el nivel más bajo y que lo de los niveles se aplicara a partir del año que viene cuando se acabe el contrato de prácticas. Entonces el año que viene según ellos volveré a estar en el nivel más bajo, como si no hubiera estado contratada nunca. Quería saber si esto es correcto, ¿o deberían de aplicarme el 75% del nivel 2?

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Los contratos en prácticas tienen una duración máxima de 2 años. Es cierto que durante el primer año se cobra el 60% del salario de un trabajador equivalente en las funciones que estés realizando y el segundo año el 75%.
Luego se extingue el contrato y si te quedas trabajando te tendrán que hacer uno nuevo indefinido o de duración determinada pero ambos sin periodo de prueba.
En cuanto a la categoría profesional a aplicarte, no es verdad que e tengan que aplicar la más baja. Claro, para ellos es mucho mejor porque se lo ahorran y si además estás en contrato en prácticas más fácil todavía porque no vas a protestar por la esperanza de que te contraten después.
Pero la realidad es que te deben pagar en función de la categoría con la que las actividades que hagas en la empresa estén identificadas. Es decir, por ejemplo si haces funciones de ayudante de dirección te deben pagar el % correspondiente sobre esa categoría, no sobre la más baja.
Pero en la practica por desgracia tu caso es más frecuente de lo que debiera ser.
Pero en función de tus necesidades, debes valorar si denunciarlo o acatarlo. Además para luego a la hora de una posible contratación será una excusa para hacerte el contrato con categoría 3.
Hola, perdona pero creo que no he explicado bien lo de los niveles. Yo tengo una licenciatura, y me están aplicando el salario base de grado superior, que es el que me corresponde, pero dentro del grado superior hay tres niveles y según el convenio dice que:
Los tres niveles que se fijan para los titulados de grado
Superior y de grado medio, serán de aplicación en la siguiente
Forma:
- El nivel 3) durante el 1º año de su contratación.
- El nivel 2) durante el 2º año de su contratación.
- El nivel 1) a partir del 3º año.
A mi el primer año me han aplicado el 60% del nivel 3 (el más bajo) y ahora el segundo año me siguen aplicando el 75% del mismo nivel 3. Ellos me han dicho que en prácticas se calcula todo sobre el nivel más bajo y que lo de los niveles se aplicara a partir del año que viene cuando se acabe el contrato de prácticas. Entonces el año que viene según ellos volveré a estar en el nivel más bajo, como si no hubiera estado contratada nunca. Quería saber si esto es correcto, ¿o deberían de aplicarme el 75% del nivel 2?
De todas formas me gustaría saber dónde puedo encontrar ésto que ellos me dicen. Muchas gracias.
Eso que me comentas es un poco raro, eso que dices que viene en el convenio sobre los niveles salariales de los contratos en practicas en función del tiempo. ¿No será que en esos niveles ya viene aplicado el descuento sobre una base de referencia?.
Dime que convenio es o pásame el enlace y te lo echo un ojo.
De todas formas te mando un enlace donde puedes ver la información legal de esta modalidad de contratos.
http://www.inem.es/inem/ciudadano/empleo/contratos/pdf/12practicas.pdf
Hola,
convenio colectivo provincial de oficinas y
despachos de alicante para el año 2007, de ámbito
provincial
Salió publicado en el BOP de Alicante el 15 de Enero de 2008.
He estado mirando la página del inem y la del ministerio de trabajo y más o menos ponen lo mismo, pero en ningún sitio pone nada de mi caso. Te agradecería que le echaras un vistado.
Un saludo.
A ver, ya me he aclarado viendo el convenio completo.
A lo que te refieres es;
Los tres niveles que se fijan para los titulados de grado superior y de grado medio, serán de aplicación en la siguiente forma:
- El nivel 3) durante el 1º año de su contratación.
- El nivel 2) durante el 2º año de su contratación
- El nivel 1) a partir del 3º año.
Las empresas no obstante, podrán asimilar de considerado a los titulados al nivel 1).
Y luego lo completa con las tablas salariales del anexo final.
Verás, tal y como yo lo veo te están engañando. Eso que te han dicho de que durante las prácticas se aplica el nivel más bajo se lo han sacado de la manga. Como es un caso un poco especial el Estatuto de los Trabajadores no regula específicamente esto. Pero te voy a poner un ejemplo si regulado que puede ser análogo. Imaginate que entras a trabajar en la gestoría en practicas y te ponen junto a otro oficial de primera a realizar las mismas funciones que él/ella. Te correspondería cobrar el % correspondiente sobre la misma base que él puesto que haces sus mismas funciones. Esto de entrada.
Pero imaginate que te dicen que es que durante el contrato de prácticas hagas lo que hagas te pagan sobre la base de auxiliar administrativo de 3ª (lo habitual en la práctica, pero ilegal). Pero ponte que por la ilusión de trabajar, necesidad, etc aceptas.
Pero además al finalizar el contrato en prácticas te dicen que vas a seguir haciendo lo mismo pero vas a seguir cobrando como auxiliar de 3ª y luego ya te irán ascendiendo.
Aquí pasa lo mismo. Para empezar solo pueden aplicarte la base de nivel 3 durante el primer año de contrato en prácticas (60% nivel 3). Segundo año sería (75% del nivel 2) y una vez finalizado el contrato en prácticas si ha sido por el máximo de dos años, te correspondería (100% nivel 1). Puesto que si bien vas a tener que firmar un nuevo contrato, al igual que no te pueden poner otro periodo de prueba, que acumulas la antigüedad, etc. A efectos de la contratación has estado ya más de dos años en la empresa sea con los contratos que sea.
Segundo. El convenio no pone que los niveles sean por los años de contrato. Lo deja ambiguo, con lo que se presupone que es por años de permanencia en la empresa, con lo que al acabar el contrato de prácticas completo tu ya has superado los dos niveles más bajos y te correspondería el superior.
No obstante, esto es la teoría y lo legal. Muy diferente es lo que te intenten hacer e insisto en que por desgracia tu caso es muy común.
Yo solo te informo de lo que por derecho te correspondería, pero entiendo que dependiendo de cada quien tiene unas necesidades u otras en su vida y en función de eso debe elegir. Es por esto, que este tipo de artimañas está tan extendido.
Si decides reclamar y la empresa no te hace caso, yo lo que haría sería esperar a haber firmado el contrato indefinido si te lo proponen como si estuvieses de acuerdo y pasado el primer mes cuando te paguen mal en función del grupo más bajo, denunciar la situación a la inspección de trabajo a través de la jefatura provincial de donde residas o trabajes.

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