Cobro de finiquito

Me despiden y me dicen que ahora mismo no pueden pagarme la liquidación, son 12000 euros.
La empresa se ha declarado en suspensión de actividad, y mi jefe me dice que no me preocupe que el me va a ir pagando esa cantidad mes a mes. (Yo me fio a medias de eso, pero tampoco quiero llegar a las malas)
Mi duda es si tengo algún plazo para cobrar el finiquito y si una vez pasado ese tiempo no voy a poder exigir que me lo paguen.
Yo desde luego no le voy a firmar el finiquito, pero me da miedo el quedarme sin cobrar ese dinero.
¿Qué me puedes decir?

3 Respuestas

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El plazo para una reclamación de cantidades dejadas de pagar es de 12 meses desde la fecha y has de interponer una demanda de reclamación de cantidad ante el Juzgado de lo Social.
Consejo: dile a tu Jefe que te firme por escrito lo de que te irá pagando mes a mes. El problema es que ante una suspensión de pagos inminente no responderá de los pagos. Respecto al finiquito no pasa nada por firmarlo. Puedes firmarlo porque eso no justifica el pago. El firmarlo es para decir que estas de acuerdo con el dinero que te van a pagar.
Hola, muchas gracias por tu respuesta y por la rapidez.
Una cosa más, lo que tu me dices que si puedo firmar ¿seria poniendo alguna coletilla como: DE ACUERDO PERO NO COBRADO o NO COBRADO?
Gracias otra vez, de todas formas la nómina de la liquidación si que no la tengo que firmar ¿NO?
:o)
Si, podría ser así. DEcir que estas de acuerdo con la liquidación a la espera del ingreso en cuenta. Si la nomina de liquidación expresa que has recibido el dinero y NO LO HAS RECIBIDO puedes firmar diciendo que no has recibido cantidad aalguna o no firmar. De todo guarda copia por si llega el momento de denunciar.
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No es que haya plazo de cobro, el tema es que cuanto más tiempo pase, más dinero te corresponderá ya que no habrá ningún documento que te diga que ya estás despedida. Así que el dinero deberás de cobrarlo en ese momento y te tiene que dar igual la empresa, la empresa te lo tiene que pagar al contado en el momento. Te sugiero que vayas a un abogado y reclamarlo por esa vía, ya que si vas por las buenas no ganarás nada y perderás ese monto.
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El plazo para ejercitar el derecho a la reclamación de cantidad es de 1 año.

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