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En principio, se establece el requisito de dar un preaviso de 15 días para los contratos de obra y servicio y de circunstancias de producción, cuando su duración sea superior a 1 año. Por tanto, no será tu caso.
Además, si causas baja voluntaria, no podrás cobrar el paro ahora, pero lo trabajado se acumula para poder cobrar la prestación por desempleo en un futuro. En ese sentido, no pierdes lo cotizado en el trabajo que dejas ahora.
Un saludo.
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