Modificación de contrato

Mi jefe accedió a que redujese mi jornada a cuatro horas en vez de ocho para que tomase otro trabajo, de seis horas, por las mañanas. La asesoría no cambia mi contrato hasta que hable con mi jefe, y éste no les llama porque les debe dinero: tengo una hoja firmada por mi jefe pidiendo a la asesoría el cambio de contrato. Ya he firmado mi otro contrato de seis horas. Pregunto:
¿Vendrán a buscarme los inspectores de Trabajo porque va a figurar que trabajo 14 horas al día hasta que me cambien el contrato?
¿Si mi jefe no me cambia el contrato, puedo exigirle hasta que lo cambie que me pague por las 40 horas, ya que Hacienda piensa que sigo ganando el sueldo completo y eso repercutirá en mi declaración del 2006?
¿Hasta cuándo sería posible permanecer en esta situación, una semana, dos semanas, hasta que al inspector le huela raro?
Si mi jefe no me cambia el contrato, me voy de la empresa, ya que ése era el trato, o parcial o adiós: ¿Puedo darme de baja yo misma en la Seguridad Social de ese empleo, ya que la asesoría no lo hará por mí? Me siento prisionera.
Muchas gracias si puedes echarme una mano para que no me meta en líos.

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Hay que hacer dos cosas:
En relación con la seguridad social:
Es obligación de tu jefe comunicar "la variación de datos" en la seguridad social, mediante el modelo TA2/S, en el plazo de 6 días como máximo desde el cambio a jornada parcial, así que si no lo ha hecho porque la gestoría no lo hace, intenta presentar ese impreso tu, con la ayuda del jefe.. tenéis que poner el tipo de contrato nuevo, un 501, un 502 o un 209 ( que corresponden al antiguo 401,401, o 200, es decir, depende de como lo tenías antes,) ten en cuenta que hasta que no esté cambiado tu jefe tiene que cotizar por ti como si fuera jornada completa,
En relación con el inem:
En segundo lugar, tenéis que presentar en el INEM el nuevo contrato ( ese 501, o 502, o 209) en el plazo de 10 días desde el cambio, ) esos modelos de contrato te lo puedes descargar en la página www.inem.es, entérate también, porque igual este trámite también te lo puedes evitar, si ya está sellado el de jornada completa, y solo tenéis que hacer una anexo para sellar en el INEM, presentando también copia del original, donde ponga que ahora es de jornada parcial,
Después de eso" ya estás legalizada" y solo queda que la nómina se confeccione bien y que el jefe cotice de forma correcta por ti ( por ejemplo, lo del mes de junio se cotiza el último día de julio, con lo que tenéis un buen plazo para convencer a la gestoría o para encontrar otra que os lo haga ) ten en cuenta que esto último a quien más le interesa es a tu jefe, porque entonces va a pagar más por ti de lo que debe y el que puede ser sancionado o perjudicado es el, no tu..
Mira estas páginas: www.seg-social.es y www.inem.es, te puedes hacer así una mejor idea de todo esto..
También te puedes dar de baja si quieres, pero debes preavisar con 15 días a tu jefe, y si no lo haces, ¿entonces el te puede descontar por falta de preaviso de tu liquidación?, de todas formas.. ¿y si nadie te hace la declaración? En fin, lo mejor es arreglar el tema de la gestoría..
Y aparte, me he dado cuenta que solo te he contestado los trámites que usualmente hace una gestoría para pasarte a pacial, para que, por lo menos, estuvieras informada por si quieres hacerlo tu, pero en cuanto a las preguntas que haces, en cuanto a lo del inspector de trabajo, si es cierto que si en un trabajo estas a jornada parcial y en otro a completa, no les cuadra, y las 40 horas semnales se convierten en 70, pueden pedir al empresario por carta que les explique tu situación, antes de ir al centro de trabajo( lo de las visitas de los inspectores suele ser de forma aleatoria, no por un motivo definido..)
En cuanto a tu 2ªpregunta, hacienda no tiene mucho que ver en esto, porque eso entra dentro de las retenciones que haga el jefe por ti, no de lo que cotice (que es más un tema de la seguridad social )hacienda no comprueba los contratos de cada uno, sino que simplemente sabe que ingresos ha declarado el jefe por ti y con que retención, también sabe la cotización a lo largo del año, pero no mira la legalidad o no de tu situación laboral, no se si me explico, hacienda no tiene porque saber que tu sueldo a de ser completo o no, porque lo que sabe se lo dice el jefe, y en cuanto a la tercera pregunta, nos rmeitimos a lo que te he puesto al principio, si algo no les cuadra se suelen poner al principio en contacto con el jefe, y si llegara ese caso la mejor socluión es que el jefe les argumente que se le pasó comunicarlo, y como mucho le podnrán alguna sanción por infracción.. pero a ti no te pasa nada, ya que no es responsabilidad tuya, sino del empresario...

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