Traspaso de local

Estoy pensando en coger un traspaso de un local de fiestas infantiles, aunque no me interesa el material que tiene sino la licencia de apertura, puesto que tengo pensado negociar el alquiler con el dueño, al que conozco, y solamente me interesaría el local y la licencia. Tengo pensado realizar un cambio de nombre del negocio y cambio de cartel exterior, algo básico. Ahora mismo estoy de baja por riesgo en una empresa y pronto de baja por maternidad y no me interesa estar al frente del negocio pero si ser la dueña y contratar a alguien que lo gestione, ¿qué forma jurídica me interesaría crear? ¿Al hacer esa pequeña obra la licencia no tiene validez? El local cerrará a finales de mes, ¿debería esperar para negociar con el dueño una vez que haya zanjado con el anterior inquilino?

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En primer lugar y con respecto al tema de la titularidad de la licencia, me gustaría que echaras un vistazo a nuestra respuesta a otra pregunta similar en el siguiente enlace: http://www.elblogsalmon.com/respuestas/por-que-pagar-un-traspaso-si-puedo-esperar-a-que-se-vaya-el-inquilino la cual reproduzco aquí:

" Porque si realmente le interesa esa actividad en la zona en la que está ubicado el local que ya tiene las infraestructuras y licencias correspondientes, siempre será mejor y más barato un traspaso que montar lo mismo desde el principio.
Esta es una pregunta tabú que se hacen todas o casi todas las personas que están pensando en montar un negocio aprovechando las infraestructuras, mobiliario y licencia existentes en un local habilitado para ejercer la actividad que les interesa.
Pues bien, esta pregunta no se debe ni plantear, ya que habría que tener el consentimiento del “dueño” de la licencia de actividades para el cambio de titular de la misma.
Una cosa, como casi todo en la vida, es que no se deba y otra es que se pueda. Y se puede, ¿Cómo?:
• Ocupando el local sin cambiar la titularidad de la licencia. • Consiguiendo el cambio de titularidad, aportando la documentación requerida por el ayuntamiento sin la autorización del titular.
Lo anterior, claro está, si se consigue la “connivencia” del funcionario de turno. Circunstancia que, por supuesto, es muy difícil por no decir imposible.
Todos sabemos que si alguien traspasa un negocio, normalmente, es por que las circunstancias, sean buenas o malas, le obligan a ello:
• Mala gestión y falta de ingresos suficientes. • Problemas personales o con los socios. • Jubilación del titular. • Cambio de actividad o residencia. • Negocio y local atractivo o único en la zona. • Otras…
En fin, los motivos pueden ser diversos y no siempre significa que el negocio no valga nada, aun cuando los ingresos sean cero.
Las fórmulas de cálculo pueden ser diversas y siempre serán distintas según las exponga el comprador o el vendedor, pero el resultado nunca puede ser cero, habrá que llegar a un punto de encuentro razonable para ambas partes.
De todos es sabido la cantidad de cambios normativos y de infraestructuras en las licencias de actividades que las distintas administraciones, por unos u otros motivos, van añadiendo año tras año.
Pues bien, todos estos cambios hacen que muchos de los negocios existentes no tendrían licencia de actividades si la solicitaran hoy con las infraestructuras que tienen y en estos momentos está vigente por que se han ido “adecuando” a la normativa actual, según han ido exigiéndoselo, en base a recovecos normativos que han legalizado su situación por ser licencias antiguas, pero que nunca la tendrían si solicitaran ahora la licencia de actividades en el mismo local.
Para resumir:
• Cualquier traspaso, aún sin tener actividad, vale como mínimo el valor de la licencia y de las infraestructuras y mobiliario existentes. • El arrendador podrá ser dueño de las obras y mejoras realizadas en el local, si así lo indica en el contrato de alquiler, pero nunca del mobiliario y la maquinaria y mucho menos de la licencia de actividades.
Por todo lo anterior, si al final no se consigue traspasar el negocio, solo caben dos posibilidades:
• Traspasar la licencia al dueño del local para que pueda arrendar su local para la actividad que hay. • Dar de baja la licencia y por lo menos saber que nadie se va a aprovechar de su trabajo.
En la época que nos ha tocado vivir es primordial la colaboración entre el arrendador y el inquilino para llevar a buen fin un posible traspaso que beneficie a ambos.
Cualquier emprendedor que tenga intención de realizar una actividad y prefiera el traspaso de un negocio ya montado para iniciar o retomar dicha actividad, debe tener en cuenta que todo traspaso tiene detrás el esfuerzo y el dinero de una persona que en su momento tuvo la misma ilusión que él y que algún día también querrá traspasar su negocio a otra persona y entonces cambiarán los papeles.
En site/TraspasosDeNegocios ayudamos a ponerse de acuerdo a todos los intervinientes. "

En cuanto a tu consulta en concreto y respecto de cada una de las preguntas:

- ¿Qué forma jurídica me interesaría crear? En el comienzo de una actividad lo lógico es arrancar como autonomo y persona física y una vez se vaya consolidada la actividad y con un rendimiento y funcionamiente importante pasar a SL, pero con tu sitúación laboral lo mejor sería ir directamente a SL y darte de alta como autonomo al ser, entiendo, el administrador y socio único de la SL..

- ¿Al hacer esa pequeña obra la licencia no tiene validez? Si consigues cambiar la titularidad de la licencia de actividades a tu nombre, sin la intervencion y autorización del actual titular, cualquier obra requiere la correspondiente licencia de obra, menor o mayor según el caso, pero en lo unico que afecta a la licencia de actividades es que la obra no la invalide.

Ni se te ocurra firmar nada con el arrendador sin antes tener la licencia de actividades a tu nombre, para lo cual deberias hablar con el DUEÑO de la licencia de actividades.

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