Comercio de aplicaciones apple

Saludos,
Me gustaría saber cual es la forma jurídica más "barata" para crear una empresa que desarrolla aplicaciones para Apple.
¿Cuál puede ser mi cifra de negocio máxima?
Existen posibilidades de beneficio enormes, pero me gustaría que no se sorprendiera Hacienda al ver la cuenta corriente.
¿Alguna idea?
Muchas gracias.

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Respuesta
1
Lo más barato y más sencillo es hacerse autónomo (ver el artículo mío con las respuestas a las preguntas habituales sobre el tema).
http://asesorfinanciero.over-blog.es/article-pasos-para-crear-una-empresa-como-autonomo-59591021.html
Como autónomo, haría declaraciones trimestrales de IRPF (pagando el 20% de la diferencia entre ingresos y gastos deducibles), y cuando se acabe el año haría la declaración de la renta.
Si piensa que los beneficios van a ser muy grandes, puede plantearse crear una SL, ya que tributaría la empresa en el Impuesto de Sociedades, y al ser una PYME pagaría sólo el 25% de impuestos hasta 120.000E de beneficios y luego el 30%.
Espero que estas respuestas le hayan servido. No olvide cerrar y puntuar. Y si nos ayuda visitando la página de Consultoría Financiera Kerfant.
El enlace posteado como respuesta es muy general. Puede que la pregunta inicial también lo fuera. Pero especificando un poco más, me gustaría saber si, por ejemplo, se aplica a este caso la ley de Ordenación del Comercio Minorista, titulo III Ventas Especiales.
Éste trata sobre las ventas celebradas sin la presencia física simultánea del comprador y del vendedor, siempre que su oferta y aceptación se realicen de forma exclusiva a través de una técnica cualquiera de comunicación a distancia y dentro de un sistema de contratación a distancia organizado por el vendedor. Artículo 38
¿Habría qué registrarse en ese registro? (Comercio Minorista)
¿Existe tal registro?
Muchas gracias
Por supuesto, cuando se ejerce una actividad económica, se tiene que cumplir la ley que corresponda, pero no es que exista tal registro, sino que tiene que dar de alta su empresa en el IAE para la actividad correspondiente. Muchas personas que trabajan en el comercio electrónico se registran con el 844 (SERVICIOS DE PUBLICIDAD, RELACIONES PÚBLICAS Y SIMILARES), pero eso lo tiene que contrastar con Hacienda cuando se vaya a dar de alta.

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