Libros - SLunipersonal

Una SL que ha pasado a ser una SLUnipersonal, a parte del libro de actas, libro de socios.. ¿ha de llevar un libro de contratos?, si es así, en que consiste éste.
¿Qué pasa si no se ha realizado en su día?

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Respuesta
1
Otras de las peculiaridades que prevé nuestra normativa en materia de sociedades unipersonales se refiere a la contratación. Así, los contratos entre la sociedad y el socio único deben constar, en todo caso, por escrito (en documento privado o escritura, según el tipo de contrato). Adicionalmente, la sociedad debe legalizar en el Registro Mercantil un libro ("libro registro de contratos con el socio único") donde se transcribirán todos esos contratos.
Cuando indicas ".. los contratos entre la sociedad y el socio único.." sería un ejemplo correcto,.. un contrato laboral. Si no es así, me podrías indicar algún ejemplo aclarador.. este punto no lo acabo de ver del todo.
Si una vez legalizados los libros, he de transcribir todos los posible contratos anteriores a la legalización, o sería mejor, introducirlo des de el momento de la legalización
De nuevo
Muchas gracias,
Un saludo
Con ".. los contratos entre la sociedad y el socio único.." me refiero a cualquier tipo de contrato que conlleve una relación ya sea laboral, o mercantil.
Respecto al tema de la transcripción de los contratos anteriores a la legalización, entiendo que deberías incluirlos todos.
Un saludo
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