Crear cafetería en Almería. ¿Qué ayudas puedo pedir?

Mi nombre es Javier y vivo en Almería. Tengo 32 años, llevo cerca de 12 años cotizados y ahora tengo un trabajo fijo, pero quiero montar una cafetería. Yo actualmente vivo al día, no tengo apenas ahorros. Quiero pactar con mi empresa para que me den los papeles para poder solicitar el paro, pues me han comentado algo de que puedo pedir el paro por adelantado siempre y cuando sea para crear una empresa o negocio. Otra pregunta es que tipo de ayudas da la Junta de Andalucia a nuevos empresarios y si te corresponde la ayuda, ¿te la dan para poder crear el negocio o te la dan cuando ellos ven que el negocio esta funcionando? Y por ultimo, ¿me tengo que hacer autónomo o deberé crear una empresa?

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Muchas preguntas, vamos a tratar de contestarlas:
1. Deberás pactar el despido "improcedente" con tu empresa para tener derecho al cobro de la prestación por desempleo que seguro te concederá siempre que renuncies a la indemnización que te correspondería. Así mismo, no te darán el 100% de la prestación sino que te podrán adelantar el 60% para hacer frente a la inversión a realizar (siempre contra un plan de inversiones que debe cumplirse), es decir, no te dan un dinero que puedes utilizar como te venga en gana. El resto (40%) queda en custodia de los servicios de empleo del estado para hacer frente al pago del recibo de autónomo (RETA) hasta la completa extinción de la prestación.
2.- Ayudas. Emprender con ayudas o contando con ellas es una muy mala política. Por de pronto no son subvenciones previas a la creación del negocio, es decir, deberás poner en marcha el negocio sin contar con ellas. Posteriormente puedes optar a las subvenciones por la puesta en marcha de nuevos yacimientos de empleo autónomos que pueden ascender hasta los 7.000 euros, así como a las diferentes ayudas sectoriales que puedan aparecer. También tienes derecho a una reducción del 30% en los recibos del RETA por tu edad, así como acceso a financiación preferente con el ICO y con las SGR's andaluzas.
3.- Deberás dar de alta la actividad en Hacienda y como mínimo hacerte autónomo. Si quieres capitalizar paro no puedes poner en marcha una SL porque no está contemplada esta posibilidad.
4.- Quién debería hacerse cargo de las deudas es el dueño del local (que a su vez debería repercutir contra el anterior arrendatario por vía judicial para reclamar cantidades y daños y perjuicios).
5.- La licencia se concede al local, a la actividad y a un titular de la misma por tanto se puede solicitar una nueva licencia a nombre de un nuevo titular sin problema ninguno siempre que se cumplan los requisitos municipales y urbanísticos concrectos así como las medidas de seguridad y salud correspondientes. Respecto a la caducidad no es necesario indicar nada por cuanto no es interesante al tener que sacar sí o sí una nueva licencia de la actividad.
Un cordial saludo
Jaime Feiner
Feinerconsulting
[email protected]

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