¿Sobre bar?

Quiero coger un bar en traspaso, ¿sabe más o menos lo que puede costar los gastos del contrato del traspaso? ¿Eso qué tiene que hacerlo un notario?. ¿Quién tiene que pagar los gastos del contrato yo que lo cojo o el que lo traspasa?

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Cuando se coge un traspaso, lo primero es leerse el contrato actual de alquiler, puesto que las cláusulas son particularles, no universales, esto es, libres y por lo tanto, el dueño del local ha podido interponer alcuna cláusula por la cual cobra un porcentaje sobre el traspaso (puede ser el 20% o más). Allí, en el contrato, debe de especificarse quien tiene la obligación de pagarlo, si el saliente o el nuevo arrendatario.
NO es necesario firmar el contrato de traspaso ante notario (ni siquiera es habitual), pero si lo haces queda constancia fehaciente de ello. Lo normal, es firmar el contrato, con las cláusuas que acordéis (mercancías, máquinas, mobiliario, traspaso de luz, agua, gas, arbitrios, etc) y en el mismo, especifiquéis claramente, que el anterior dueño deja saldadas las deudas y presenta justficante bancario del pago de las últimas 6 facturas al menos, de la luz, gas, agua y los impuestos que le correspondan, de lo contrario, puedes tener problemas a la hora de realizar el cambio de titular ante estos proveedores y ante el Ayuntamiento (te exigirían a ti el pago).
Por último, debe estar presente el dueño del local, puesto que debe aceptar el traspaso y si tiene que cobrar cantidad alguna por comisión, que quede estipulado en las condiciones y claramente quien lo paga y cuando. Lo mejor, es que trates por todos los medios, de que esta posible comisión (en caso de que figure en el contrato de arrendamiento), la para que el anterior dueño, porque tu pagas el traspaso tal cual, y los gastos anteriores deberían de correr a su cargo.

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