Gastos deducibles de una utónomo y fiscalidad

En el caso de un autónomo con Estimación Directa Simplificada, al computar los Gastos fiscalmente deducibles tengo dos dudas principales.
La primera es confirmar cuales son los gastos fiscalmente deducibles.
Creo que los gastos fiscalmente deducibles para un autónomo son los siguientes:
Cuotas de autónomos
Compras, aprovisionamientos y otros consumos que precise la explotación
Arrendamiento de locales
Servicios profesionales externos
Amortizaciones de inmovilizado
Otros gastos vinculados con la actividad
¿Esto es correcto?
Mi segunda pregunta es la cuantía o porcentaje en que puedo computar dichos gastos deducibles.
Por ejemplo, ¿si pago 500? Más IVA por alquiler del local donde realizado la actividad, ¿y tengo un gasto de 1000? Más IVA de aprovisionamientos. Entonces, ¿el total de gastos deducibles es 1500? (500 + 1000)? Es decir, ¿los gatos deducibles se computan al 100%?
Por más que he buscado en red no he podido encontrar respuesta a estas dos dudas.

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Respuesta
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Todos los gastos que enumeras son deducibles en EDS, y al 100%, si efectivamente son gastos necesarios/afectos para tu actividad. Puedes añadir a esa lista de gastos los sueldos y seguridad social de los empleados que contrates.
También el IVA de las facturas recibidas es deducible en la misma proporción del 100%.
Si realizas más de una actividad, con diferentes IAE, deberás repartir proporcionalmente dichos gastos por cada actividad, siendo su suma el 100%.
Espero haberte aclarado las dudas, ya me dirás, en cualquier caso, aquí me tienes.

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