Comunidad de bienes
Hola, a ver si alguien me puede aclarar el lío que tengo.
El objetivo sería constituir una comunidad de bienes para pasar por ella el alquiler que recibimos los hermanos por un local, declarando el IVA la comunidad y no cada uno de nosotros.
Las dudas son respecto a la hora de constituirla:
- A efectos de evitar tener que aportar el local a la comunidad (que debería ser mediante escritura notarial), ¿sería posible fijar un objeto o actividad diferente sin que AEAT se diera demasiada cuenta? Lo digo por el hecho que los IVA trimestrales estarían únicamente realizados en base al alquiler del local, alquiler que el arrendatario declara.
En caso afirmativo ¿algún objeto o actividad que podría utilizar?
En otro caso, ¿sería factible fijar como objeto la gestión de arrendamientos de los bienes comunes?, ¿Sin tener que aportar el local a la comunidad puesto que ya somos todos copropietarios?
- ¿Es necesario que como mínimo uno de los comuneros se de de alta en S.S., o puede hacerse sin dar de alta a ninguno y que los IVAs los haga un 3º (gestor) pagándole por ello (sin tener que darlo de alta a S.S., como cuando se paga a un gestor por hacer la Renta)?
Muchas gracias de antemano
El objetivo sería constituir una comunidad de bienes para pasar por ella el alquiler que recibimos los hermanos por un local, declarando el IVA la comunidad y no cada uno de nosotros.
Las dudas son respecto a la hora de constituirla:
- A efectos de evitar tener que aportar el local a la comunidad (que debería ser mediante escritura notarial), ¿sería posible fijar un objeto o actividad diferente sin que AEAT se diera demasiada cuenta? Lo digo por el hecho que los IVA trimestrales estarían únicamente realizados en base al alquiler del local, alquiler que el arrendatario declara.
En caso afirmativo ¿algún objeto o actividad que podría utilizar?
En otro caso, ¿sería factible fijar como objeto la gestión de arrendamientos de los bienes comunes?, ¿Sin tener que aportar el local a la comunidad puesto que ya somos todos copropietarios?
- ¿Es necesario que como mínimo uno de los comuneros se de de alta en S.S., o puede hacerse sin dar de alta a ninguno y que los IVAs los haga un 3º (gestor) pagándole por ello (sin tener que darlo de alta a S.S., como cuando se paga a un gestor por hacer la Renta)?
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