Forzar disolucion SCP

En la actualidad soy socio de una S.C.P. Con otra persona. La situación de la empresa en este momento es de pérdidas desde hace meses, y la situación personal con mi socio es insostenible.
Le he planteado a mi socio diversas opciones como comprar su parte, venderle la mía, o traspasar el negocio a terceros, pero el se niega a cualquiera de ellas o bien las condiciones que pone son inaceptables.
Además de eso y debido a una reciente operación los médicos me han recomendado que deje esta ocupación ya que no me conviene ni para mi salud física ni para la mental.
El caso es que la opción que más me interesa es el traspaso, ya que de esta manera obtendría un dinero para cancelar al menos parcialmente el crédito que pedí en su momento para abrir el negocio, pero cualquier opción me sirve con tal de cerrar el tema, siempre que ello no suponga regalar la empresa a mi socio.
La pregunta es: ¿Puede forzar a mi socio a divolver la sociedad? En caso negativo, ¿puedo seguir siendo socio pero sin trabajar? En este caso tendría todo el derecho a supervisar y controlar el funcionamiento del negocio.
Gracias de antemano. Cualquier otra información importante aunque no la haya preguntado expresamente será bien recibida.

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Creo que parten de un desconocimiento absoluto del funcionamiento de la sociedad que formaron en su día.
Primero - Constituyeron vds., una sociedad civil, una comunidad de bienes que por definición carece de personalidad jurídica propia, quienes conceden personalidad jurídica a esa forma societaria son los autónomos que ponen en común bienes para una consecución de objetivos pecuniario, es decir, emprender una actividad económica compartiendo esos bienes. Esta sociedad (que puede ser o no elevada a escritura pública) se fundamenta en un contrato entre dos partes (le sugiero lea el contrato y las especificaciones acerca de la liquidación y la disolución de la misma), por ley, cualquiera de las partes puede decidir en que momento pone fin a la sociedad creada procediéndose a la venta y liquidación de los activos repartiendo según el importe aportado por cada socio la cantidad restante después de liquidar a los acreedores en base al porcentaje real que cada socio tenga.
Segundo - Como le indicaba en el punto anterior puede vd., disolver la sociedad cuando lo crea conveniente, para ello deberá notificarlo a su socio y deberán proceder a las gestiones de liquidación y disolución que de no ser aceptadas siempre podrán ser ejecutadas por vía legal (judicial).
Tercero - La sociedad civil como tal no puede ser traspasada ni vendida a terceros ya que no tiene personalidad jurídica propia. Siempre podrán vender sus activos pero no traspasar la sociedad a nadie. Al disolverse el contrato que la fundamentó queda extinguida la sociedad.
Cuarto - Respecto a seguir siendo socio sin trabajar. El fundamento de este tipo de sociedad es compartir bienes para la realización de una actividad profesional. Su posición de socio capitalista podría quedar recogida en una sociedad mercantil (sociedad limitada, etc...) pero no en una sociedad civil por cuanto la atribución de rentas es proporcional a la valoración de los bienes aportados, pero llegado el caso, a quién le interesaría disolverla es a su socio que trabajaría para los dos.
Así pues, disuelvan la sociedad y cada uno por su lado. El motivo médico esgrimido es más que suficiente para considerar justa la causa de liquidación y disolución de la sociedad, si no lo acepta el compañero tendrá que recurrir a la vía judicial para que se decrete por mandato judicial la disolución de la misma.
Muchas gracias por su pronta respuesta. Realmente cuando hablaba de traspaso, no me refería a la sociedad en si misma sino a las instalaciones, ya que se trata de un bar-restaurant.
Por lo que respecta a la cuestión planteada por mi parte queda todo perfectamente contestado.
Reitero mi agradecimiento.
Un saludo

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