Obligaciones gerente administrador en el cierre

Buenas tardes, rogaría que me solucionasen una duda que me han creado los propios aseores, ya que en la empresa en la que estoy se va a hacer un expediente de regulación de empleo(ERE) temporal, después del cual se verá si es sostenible su continuación o directamente se cierra. Hemos consultado con dos asesores diferentes, los cuales uno me ha dicho que en caso de cierre, lógicamente se haría cargo el FOGASA del pago de la deuda que hubiere, pero que después este actuaría contra el propio administrador y sus bienes, y el otro asesor me dice que no, que al ser un cierre totalmente justificado y por temas de liquidez esto no sería así.
Bueno para no extenderme más mi pregunta es... ¿puede el FOGASA actuar contra el propio administrador/gerente de la empresa, o se haría primero un concurso de acreedores...? Osea ¿qué responsabilidad tiene este administrador?
Por favor contéstenme ya que aunque lógicamente iremos a un abogado para todos estos temas, esta contraposición de opiniones nos han dejado bastante intranquilos.
Gracias.

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Si vd., tiene las cuentas de la sociedad al día, si sus asientos contables son correctos, si no hay negligencias ni se puede demostrar lucro a costa de la sociedad de los administradores (cosa que debe determinar un juez), está vd., a salvo parapetado por el principio de responsabilidad limitada de la sociedad.
En caso de que esto no sea así, deberá vd., de pensar que si podrán ir contra el administrador y sus bienes. En todo caso, las deudas de la seguridad social deberá vd., de aplazarlas ya que de no mediar aplazamiento de pago irán contra el administrador de la sociedad embargando cautelarmente sus bienes.

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