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Hola amigo: Recuerda que cuando viajas fuera de tu patria o fuera de tu provincia, si llegas a un hotel, el hotel se constituye legalmente desde el momento que te registras como tu domicilio... y eso en todo el mundo se aplica. Partiendo de ese espíritu de la ley, constitucionalmente si puedes y de acuerdo a todo lo mercantil también, será tu responsabilidad mantener esos datos actualizados en todas las instituciones fiscales y comerciales a que esté obligada tu empresa. Cheka si en ese piso el contrato de arrendamiento da lugar a que lo puedas utilizar como oficina y local. El tiempo para tener constituida la sociedad y poder facturar depende de tí y las gestiones legales no deberían de exceder de 40 días, es mas el codigo de comercio da la potestad que puedes comenzar tu actividad y luego teniendo ya todo autorizado en ley declararlo. Incurrirás en los aspectos y cargas fiscales que marcan la leyes de iva, isr, etc. en el rango de 108,000, para ello recurre a la oficina de hacienda mas cercana y específicamente tomes nota del tipo de contribuyente en que encajas. El seguro social es algo inevitable...su nombre lo indica y tendrás que cumplir como cualquier negocio grande solo que en difernte medida. Saludos.
Finaliza, califica y marcame favorito para servirte.
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