Forma jurídica más adecuada y ventajas de una SL

Una compañía no comunitaria tiene planes de crear una empresa en Barcelona, España.
Pensamos 2 opciones. 1. Una Sucursal o 2. Una Sociedad Limitada
Me asesoré con un bufete de abogados y estos me aconsejaron crear una Sociedad Limitada y me están cobrando por crearla 2.000 Euros + IVA + Gastos.
Mis preguntas son:
1. Que ventajas tiene la S.L. Frente a la sucursal, ¿es más sencillo crearla? ¿Es más rapido? ¿En cuánto a responsabilidades cual es más adecuada? Como yo seré el representante legal, siempre pensé que era mejor la sucursal porque en caso de cualquier inconveniente la matriz también es responsable. ¿Qué ventajas puede tener una contra la otra?
El precio de 2.000 Euros + IVA + Gastos, es razonable. A mi me parece costoso, pero quisiera tener un valor de referencia para poder negociar.

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Si que a efectos de contratar, de firmar contratos y documentos, de contabilidad, etc, sería mejor una SL. Adaptada a la legislación española, no se en que actividad se va a operar, pero si es bienes al consumo y para consumidores finales, si los consumidores son españoles, es mejor la SL española.
Lo de los 2.000? Algo exagerado me parece, tan solo por solicitar la denominación social y preparar la escritura. También depende del capital social, ¿pero si es inferior a 5.000?, ¿Creo qué 1.200? Ya está bien. Aparte Notario, impuesto y Registro Mercantil
Gracias por tu respuesta. La parte de la forma jurídica me queda claro.
Ahora sobre lo que me esta cobrando el abogado quisiera que me aclararas. El capital social serán 3.010 Euros, lo mínimo que exige la ley para una S.L. cuanto sería razonable que me cobrará si me va a realizar los tramites pero me cobra adicional los gastos de estos.
El bufete que me cotizo esto es reconocido. Yo no se si sea lo mismo trabajar con una abogado normal o con una de las firmas más reconocidas en el país. A nosotros nos importa el factor tiempo, por eso pensamos que un abogado con influencias podría acelerar el proceso. Que podrías decirme acerca de esto o que me aconsejarías. ¿Trabajar con un abogado normal o con otro reconocido daría lo mismo para la creación de esta empresa?
Muchas gracias por tu tiempo y por tu ayuda, es muy valiosa para nosotros que no conocemos como funcionan las cosas en España.
Saludos.
Para tantas cosas de la vida, no hace falta ni gestorías, ni abogados. Unicamente se recurre a ellos porque no se saben trámites o no se puede dejar de trabajar dos o tres mañanas para hacer trámites y sin conocer se pueden convertir en 7 u 8 mañanas perdidas.
Pero bueno, ¿por 2.000? Yo me voy a Barcelona 3 veces porque realmente en 3 veces se hace todo. Y en definitiva quien constituye la SL no es el abogado sino el Notario que sabe más que nosotros los abogados.
Una minuta mía del año 2.002, calcula ahora incrementada en un 25%
Por la intervención profesional en los siguientes asuntos;
. Norma 26. Constitución de Sociedad Limitada, examen de aportaciones,
y redacción de Estatutos. Capital Social 10.000 Euros. Mínimo 576,00 Euros.
. Norma 2.Alta censal en hacienda y petición C.I.F. 50,00 Euros.
. Norma 2. Pago I.T.P. e inscripción Registro Mercantil 70,00 Euros.
. Norma 4. Petición de certificación denominación social 12,00 Euros. TOTAL 708,00 Euros.
IVA. 16% 113,28 Euros.
TOTAL HONORARIOS 821,28 Euros.
. Gastos correo, teléfono, fotocopias, impresos hacienda, etc. 10,00 Euros.
. Impuesto Transmisiones Patrimoniales 1% 100,00 Euros.
. Libro socios 13,00 Euros.
. Facturas adjuntas; Denominación social y registro mercantil 135,65 Euros.
TOTAL GASTOS 258,65 Euros.
Total honorarios y gastos 1.079,93 euros.

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