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Debes causar alta en el RETA desde el momento en el que inicias actividad por cuenta propia, sobre todo si hablamos de actividad mercantil.
Siendo 2 socios, puede venir bien o la SLNE (sociedad limitada nueva empresa) o la SCP (sociedad civil particular).
Dependiendo de por cual opteis, los pasos serán distintos...
Y en cuanto a lo de subvenciones, pues desconozco de que CC.AA. sois. Yo soy de Canarias, y si conozco cuales existen y están vigentes aquí, pero en vuestra Provincia no lo se. Te aconsejaría que te dirigieses a la Agencia de Desarrollo Locar de tu Ayuntamiento.
Saludos y buen dia.
Manuel (negrinsa)
Agradeceria que valoraras la respuesta.
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