Duda sobre ayuda o desempleo

Hola, tengo una duda, ahora en junio termino mi contrato, de 1 horas 45 minutos, al día. Soy madre divorciada con una hija menor, mi pregunta es la siguiente, ¿ cuando termine contrato, puedo solicitar directamente la ayuda o tengo que solicitar el desempleo ? Lo digo porque con lo que me quede de desempleo, no puedo vivir, entonces no se si por circunstancias especiales, como la mía tengo derecho a alguna ayuda. Gracias, es que estoy un poco preocupada por ello.

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Ante todo disculpame por haber tardado en responder a tu pregunta, no me había conectado recientemente y acabo de verla ahora.

Supongo que cuando hablas de una ayuda a la que pudieras tener derecho en los servicios sociales te refieres a una prestación económica. No puedo indicarte una ayuda económica en concreto sin saber algunos datos sobre la unidad familiar o tu lugar de residencia ya que son las comunidades autónomas las que tienen competencia exclusiva en materia de asistencia social y por ello las ayudas son diferentes de unas comunidades a otras, incluso de unos municipios a otros. Sin embargo te orientare de manera general:

1) Tienes una hija a tu cargo por lo que puedes solicitar la prestación económica por hijo o menor acogido a cargo que se da cuando tienes hijos menores de 18 años a tu cargo o menores con discapacidad. Para solicitar esta prestación hay que acudir a las oficinas del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) de la localidad dónde resides o en caso de estar afiliada al Régimen Social de la Seguridad Social de Trabajadores del Mar la solicitud se realizará en la Dirección Provincial del ISM. Ahora bien, si tu hija no sufre ninguna discapacidad, esta ayuda está sujeta a límite de recursos, es decir, que para que te la concedan tus ingresos al año no deben ser superiores a ( aproximadamente ) unos 11.400 euros. Y la cuantía de la prestación económica, pues no es gran cosa, vamos, que si te la conceden cobrarías unos 291 euros al año (24,25 euros mensuales). En el caso de que tu hija tenga reconocido algun grado de discapacidad, no se tendrian en cuenta tus ingresos y la cuantia de la prestacion es mayor, con un grado igual o superior al 33% cobrarias unos 1000 euros anuales ( 250 euros trimestrales). Esta ayuda puedes solicitarla ya mismo ( en el caso de que no superes los 11.400 euros, mas o menos, de ingresos anuales si tu hija no sufre ninguna discapacidad)

2) Con referencia a tu situación laboral, primero deberias solicitar una prestacion contributiva por desempleo a la terminacion de tu contrato, siempre que tuvieses derecho a ella. Si has trabajado un año o mas solicitarias el paro para lo qque necesitas haber trabajado y cotizado al menos 360 dias dentro de los 6 años anteriores a la terminacion de tu contrato. Si hubieses trabajado menos de un año, entonces solicitarias el subsidio por desempleo para lo cual necesitas tener cotizados entre 90 y 179 dias (por tener una menor a tu cargo, de lo contrario necesitarias tener entre 180 y 359) a la terminacion de tu contrato. La cuantia del subsidio por desempleo es de 426 euros al mes. El subsidio por desempleo puedes solicitarlo de no tener derecho a paro o tambien si tuvieses derecho a paro, cuando se te terminase este, entonces podrias solicitar los 426 euros de subsidio por el tiempo que tuvieras derecho. Para ambas prestaciones es nacesario estar inscrito como demandante de empleo.

3) En en caso de que no tuvieras derecho a las prestaciones anteriores o ya hubieras cobrado el subsidio y se te hubiese terminado el derecho a seguir percibiendolo, entonces podrias solicitar la RAI ( renta activa de insercion) que son 426 euros al mes ccondicionados a la suscripcion de un compromiso de actividad. Pero para percibirla debes haber estado inscrita como demandante de empleo ininterrumpidamente durante 12 mas meses y tener cumplida la edad de 45 años. O tambien podrias solicitarla si tuvieses una discapacidad o incapacidad laboral igual o superior al 33%, o si tuvieses la condicion de victima de violencia de genero. De no ser asi con tener 12 meses como demandante de empleo y 45 o mas años seria suficiente. La duracion maxima de esta renta es de 11 meses y se solicita en las oficinas de empleo, es decir en el INEM.

4) En el caso de habersete terminado el derecho a todas las ayudas anteriores o no tuvieses derecho a percibir ninguna, deberias acudir a los servicios sociales, a la trabajador/a social que te corresponda por el lugar de tu residencia, puesto que como te comente antes, estas ayudas varian en funcion de las comunidades autonomas. En principio, casi todas las comunidades disponen de algun programa de garantia de rentas minimas cuyo nombre cambia segun la comunidad. Por ejemplo, en Asturias tenemos el Salario Social, que son 442,96 euros al mes y se solicita cuando ya no se tiene derecho a percibir ninguna otra prestacion y se carece de recursos, para garantizar unos ingresos minimos a las personas. Te dire que para percibirlo se tienen en cuenta los recursos economicos de la unidad familiar . Te lo comento por si tu hija y tu compartis vivienda con otras personas o familiares, cuyos recursos economicos tambien se tendrian en cuenta a a la hora de concedertela.

5) Otra opcion, que se podria solicitar en tanto te concedieran alguna prestacion de rentas minimas ( ya que suelen tardar unos meses) o en cualquier momento de necesidad, serian las prestaciones de emergencia social que tienen como finalidad cubrir total o parcialmente situaciones de extrema urgencia o grave necesidad. Son de caracter temporal y suelen depender de los ayuntamientos por lo que tambien varian de unos municipios a otros. Suelen cubrir gastos de alojamientos temporales, necesidades de subsistencia, en situaciones de urgente carencia, adaptación funcional de la vivienda, reparaciones de carácter urgente, y otras necesidades sociales urgentes. Pero ya te digo, como cambian segun la zona pregunta a tu trabajador/a social en caso de tener necisadad de ellas. Por tener una menor a tu cargo tendrias prioridad en la concesion.

6) Por otro lado, no se si dispones de una vivienda en regimen de propiedad o de alquiler, pero si no dispones de vivienda en regimen de propiedad tambien podrias solicitar una vivienda de proteccion publica u oficial, tanto en regimen de alqquiler como de compra. Las mensualidades son mucho mas bajas y adsequibles. Se tienen en cuenta los recursos economicos para su concesion. Pregunta a tu trabajador/a social por las convocatorias.

Bueno, no se si me habre explicado bien, o si me has entendido, si no es asi, por favor no dudes en preguntarme lo que sea. Espero que tu situacion mejore. Un saludo y no olvides que tu trabajador/a social es quien mejor te puede asesorar.

Te has explicado estupendamente, seguiré todo paso a paso y espero no tener que llegar hasta el ultimo, muchísimas gracias por todo, eres genial como profesional, gente como tu necesitamos tenerla cerca para cosas así, mil gracias y un saludo.

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