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La ocupación del terreno para hacer una carretera se llevará a cabo mediante un expediente de expropiación forzosa, en el cual la Administración pública expropiante señalará un valor del suelo expropiado, justiprecio, que el expropiado podrá aceptar y percibir, o impugnar mediante el oportuno procedimiento para tratar de obtener una mayor cantidad. Eso es todo.
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