Contrato por horas y seguridad social

Quiero realizar un contrato por horas a un empleado ( 4 horas a la semana), para que despache en una tienda..¿podrían indicarme como se calcula la cuota total-empleado y empleador- de seguridad social que habría que pagar?..¿Qué tipo de retención de IRPF habría que aplicar?...
Me interesa saber como poder calcularlo, por si pudiese ampliarle el número de horas al empleado.

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Te voy a intentar aclarar el tema muy genéricamente, ya que lo que planteas por escrito sería un lío, más cuando por lo que leo no estas muy puesto en estos temas. La cuota que debes pagar a la S.S, tú y los demás empresarios, no esta basada en el tipo de jornada, sino en la cantidad dineraria que recibe el trabajador a la cual se le aplica un porcentaje que es la suma de varios conceptos (Asistencia Sanitaria, Jubilación, Accidentes Trabajo, Tipo de Contrato, Desempleo, FOGASA y Formación) para que lo entiendas si un trabajador de 8 horas diarias, al mes cobra en nómina 1000,-€ y tu trabajador cobra lo mismo, sólo, por las 4 horas, suponiendo que sea un negocio maravilloso del que te puedes forrar, los dos empresarios pagarán lo mismo a la S.S.( puede haber unas ligeras diferencias, muy pequeñas, según el tipo de contrato de cada uno). Como puedes ver el porcentaje depende de muchas variables es muy difícil que te de un tipo aplicable, aplícale +/- 38% a lo que le pagues, y será el gasto de la empresa en S.S., la parte del trabajador que la pagas tú pero luego se la descuentas en la nómina son +/- 6,4% y si sumas los dos porcentajes es el coste total aproximado. En cuanto al IRPF, estamos en lo mismo depende de la cantidad que cobre y de su situación personal (Soltero, Casado, Hijos, Hipoteca, etc...), además, también del tipo de contrato que le hagas, si es temporal como mínimo debes aplicarle el 2%, en cambio si es indefinido puede dar “0” dependiendo de lo que cobre.

Según lo que me dice un 44% aproximadamente es lo que se paga de seguridad docial??Si gana 1000 euros, tengo que pagar caso 1400 euros???

Gracias

Lo que digo no, es un cálculo aproximado de acuerdo con la normativa de cotización a S.S., ya que hay conceptos que desconozco como; que tipo de contrato ya que según sea se paga más o menos, de igual forma con el accidente de trabajo, según su actividad un administrativo (1%) no tiene el mismo riesgo que un albañil (7%). Sobre el ejemplo sería a pagar 1440,-€. En nómina 936,-€ descontada su participación en la S.S. que son 64,-€ y la empresa 380,-€ de S.S. Coste para la empresa 936 + 380 = 1.316, ya que el porcentaje sería 44,4%.

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