Indemnización por despido

En el caso de las indemnizaciones por despido con un máximo de mensualidades a percibir, por ejemplo "45 días con un máximo de 42 mensualidades",
¿Hay algún caso en que se pueda percibir una indemnización superior al máximo?

1 respuesta

Respuesta
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La indemnización de 45 d/año con un máximo de 42 mensualidades es la indemnización legal máxima exenta de impuestos.
Siempre se puede pactar indemnizaciones superiores, pero las cantidades que excedan de los 45 d/año deben cotizar a la SS y tener la retención correspondiente de IRPF.

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